Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 21/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
de Datos Inc. h Art. 25 Ley N 142-A.
V-A Personal Policial Ley N 298-R.
VI-A Servicio Penitenciario Provincial Ley N 257R.
VII-A Unidad Ejecutora Provincial UEP Decretos Nros. 2.271-E-90, 2.056-SHF-91 y 0092-92.
VIII-A Personal Profesionales de la Carrera Asistencial Preventiva-Médico Hospitalaria Ley N
71-Q.
ARTÍCULO 2: Fijar, a partir del 01 de Agosto de 2018 las escalas salariales para cada uno de los regímenes escalafonarios que a continuación se detallan, en los montos que se determinan en las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente Decreto Acuerdo:
I-B Estatuto y Escalafón del Empleado Público Provincial Ley N 142-A.
II-B Dirección Provincial de Vialidad Ley N 180A.
III-B Personal Técnico Auxiliar de la Medicina y de Enfermería y Personal Administrativo Sanitario Ley N 1148-Q.
IV-B Adicional por Función Sistema Computación de Datos Inc. h Art. 25 Ley N 142-A.
V-B Personal Policial Ley N 298-R.
VI-B Servicio Penitenciario Provincial Ley N 257R.
VII-B Unidad Ejecutora Provincial UEP Decretos Nros. 2.271-E-90, 2.056-SHF-91 y 0092-92.
VIII-B Personal Profesionales de la Carrera Asistencial Preventiva-Médico Hospitalaria Ley N
71-Q.
ARTÍCULO 3: Otorgar, a partir del 01 de Marzo de 2018, una suma fija remunerativa no bonificable de PESOS CIENTO OCHENTA $ 180,00, al personal comprendido en cada uno de los escalafones mencionados en el Artículo 1; a excepción del Personal Profesional de la Carrera Asistencial y PreventivaLey N 71-Q, que la suma fija remunerativa no bonificable será de PESOS CIENTO
DIEZ $ 110,00.
ARTÍCULO 4: Autorizar a las contadurías respectivas a liquidar lo establecido en el presente Decreto Acuerdo, utilizando los créditos de su presupuesto en vigencia.

San Juan, Miércoles 21 de Marzo de 2018

ARTÍCULO 5: Facultar al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar los instrumentos legales que sean necesarios para la implementación de la presente norma legal.
ARTÍCULO 6: Comunicar y dar al Boletín Oficial para su publicación.
Fdo.: Dr. Sergio Uñac - Gobernador C.P.N. Roberto Gattoni Ministro de Hacienda y Finanzas A/C Ministerio de Turismo y Cultura Ing. Julio Ortíz Andino Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos Dr. Emilio Baistrocchi Ministro de Gobierno Dr. Alberto Hensel Ministro de Minería Lic. Andrés Díaz Cano Ministro de Producción y Desarrollo Económico Lic. Felipe De Los Ríos Ministro de Educación Dra. Silvia Alejandra Venerando Ministro de Salud Pública Sr. Armando Sánchez Ministro de Desarrollo Humano y Promoción Social DECRETO ACUERDO N 0012
SAN JUAN, 12 de Marzo de 2018
VISTO:
La Ley N 1.607-I de Presupuesto Año 2018, el Decreto Acuerdo N 0004/18, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N 1.697-I de Presupuesto Año 2018, faculta al Poder Ejecutivo a adecuar las remuneraciones en su ámbito.
Que por Decreto Acuerdo N 0004/18 se fijan las remuneraciones de las Autoridades Superiores y Oficinas Auxiliares.
Que razones de mérito, oportunidad y conveniencia hacen necesario adecuar las remuneraciones establecidas en el Decreto Acuerdo citado precedentemente, a partir del 01 de Marzo de 2018 y del 01 de Agosto de 2018.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y Organización ha tomado la intervención que le compete.

Pág. 188.841

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 21/3/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha21/03/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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