Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 31/7/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
permuta, explotación, alquiler, dación y recepción por cualquier título y administración de bienes inmuebles propios o ajenos, urbanos o rurales, bajo cualquier régimen de propiedad, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas, realización de emprendimientos inmobiliarios fraccionamiento y posterior loteo de parcelas, realización de emprendimientos inmobiliarios, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, alquiler, subalquiler, leasing inmobiliario, fideicomiso, préstamo de uso o tiempo compartido, comisiones, consignaciones, representaciones, mandatos o intermediación inmobiliaria, pudiendo realizar la comercialización a través de terceros. c Comerciales:
Compra, venta, cesión, permuta, importación, exportación, representación, mandatos, comisión, franquicias, consignación y/o distribución de bienes, mercaderías, materias primas, productos y subproductos relacionados con el objeto social.- d Financieras: Financiación de ventas a plazos, constituyendo prendas, hipotecas o cualquier garantía real o personal sobre los saldos financiados. Compra, venta, permuta de títulos o demás valores mobiliarios, aportes de capital a particulares, empresas o sociedades, dar o tomar dinero en préstamo, constituyendo, adquiriendo o transfiriendo hipotecas, prendas, leasing, fideicomisos y demás derechos reales con excepción de las actividades a que se refiere la ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público. Para el mejor cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar sin restricciones, todas las operaciones y actos jurídicos que considere necesarios relacionados directa o indirectamente con su objeto social sin más limitaciones que las establecidas por ley.- San Juan, 07 de Julio de 2017.
Fdo: Dra. Analía Garcés, Prosecretaria Auxiliar, Registro Público de Comercio San Juan.N 55.113 Julio 31. $ 590.EDICTO
Por disposición del Juzgado Comercial Especial de San Juan, Secretaría del Registro Público de Comercio, en Autos Nº 21.160 AGENCIA SAN
JUAN DEL BICENTENARIO SOCIEDAD DE
ECONOMÍA MIXTA s/ Inscripción de Estatuto, se ha ordenado la publicación por un día del presente edicto de la siguiente providencia:
San Juan, 6 de Julio de 2017. Téngase por presentado, por parte en el carácter invocado y por domiciliado.
Publíquese edicto de Ley por un día en el Boletín Oficial .

San Juan, Lunes 31 de Julio de 2017

En cumplimiento de la Ley General de Sociedades, Nº 19.550, Artículo 10º. Socios: Ministerio de Turismo y Cultura, CUIT Nº 30999015162. Cámara de Turismo de San Juan, CUIT Nº 30-70803786-5.
Fecha del instrumento de constitución: 03 de mayo de 2017. Razón social: Agencia San Juan del Bicentenario Sociedad de Economía Mixta.
Domicilio: Jurisdicción de la Provincia de San Juan, Las Heras 430 Sur, Ciudad. Objeto Social: LEY N.º 1513-A. ARTÍCULO 3º.- OBJETO. La Agencia San Juan del Bicentenario, siempre que le sea asignada la función por el Gobierno de la Provincia a través del Ministerio de Turismo y Cultura, tiene por objeto generar vínculos entre el sector público y privado, promoviendo el desarrollo turístico, la gestión de espacios culturales y la producción de eventos relacionados al ámbito turístico y cultural con el propósito de posicionar a la Provincia de San Juan dentro de la oferta turística y cultural a nivel nacional e internacional. Para la concreción de su objeto podrá realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: a fomentar canales de comunicación entre el sector público, el sector privado y las instituciones educativas de todos los niveles orientadas a la actividad turística y cultural de la Provincia, facilitando los acuerdos entre ellos, para identificar e implementar proyectos de inversión de mutua conveniencia y congruentes con los objetivos definidos por el Poder Ejecutivo Provincial;
b colaborar, participar, asesorar y ejecutar planes, programas y proyectos destinados a los espacios culturales y turísticos; c gestionar los espacios culturales que le sean sometidos a su administración museos, bibliotecas, teatros, auditorios, centros culturales y salas existentes o a crearse en la Provincia de San Juan; d proteger, fomentar y preservar los espacios culturales de la Provincia de San Juan;
e asistir, asesorar y coadyuvar en el diseño y ejecución de programas y proyectos de promoción turística y cultural provinciales, nacionales e internacionales, para fortalecer la presencia de la Provincia de San Juan dentro de la oferta turística y cultural, y su competitividad en el mercado interno y externo con calidad de los productos y servicios turísticos; f cooperar con asistencia técnica y consultoría en la producción y realización de programas y proyectos que promuevan el turismo de convenciones y demás eventos que fueren de interés turístico y cultural; g fortalecer la vida cultural de la sociedad a través del desarrollo y ejecución de planes y proyectos culturales, científicos y de extensión;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 31/7/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha31/07/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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