Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 12/5/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
LEYES

LEY N 1570-P

LEY N 1569-A

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE SAN JUAN

PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LEY:
ARTICULO

1.- Apruébase
el
convenio
de
ARTÍCULO 1.-

Declárese Año del Bicentenario
implementación de ayuda económica a empresas
del Cruce de Los Andes y de la Gesta Libertadora
productivas electrointensivas - componente A,
Sanmartiniana, al año 2017.

celebrado en fecha 5 de Diciembre de 2016, entre la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación, por una parte, y el Ministerio
ARTÍCULO 2.- Dispónese que todos los documentos oficiales de los Poderes Ejecutivos, Legislativo y
de Producción y Desarrollo Económico de la
Judicial de la Provincia, hasta el 31 de Diciembre del
Provincia de San Juan, el que en copia certificada
año 2017, deberán estar encabezados por la
forma parte de la presente ley.

denominación : 2017-Año del Bicentenario del
ARTÍCULO

2.- Apruébase
el
convenio
de
implementación de ayuda económica a empresas productivas criticascomponente S, celebrado en fecha 5 de Diciembre de 2016, entre la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación, por una parte, y el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia de San Juan,
Cruce de Los Andes y de la Gesta Libertadora Sanmartiniana.
ARTÍCULO 3.- Invítase a todos los municipios a adherir a la presente Ley.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados,
el que en copia certificada forma parte de la presente Ley.

a los cuatro días del mes de Abril del año dos mil
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

diecisiete.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los cuatro días del mes de Abril del año dos mil
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima
diecisiete.

Vicegobernador de la Provincia de San Juan
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima
y Presidente Nato de la Cámara de Diputados
Vicegobernador de la Provincia de San Juan y Presidente Nato de la Cámara de Diputados

Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley N 1569-A, se
encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el

Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley N 1570-P, se
encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.

Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 28 de Abril del 2017.-

SAN JUAN, 28 de Abril del 2017.Fdo.: Juan Flores Secretario General de la Gobernación
Pág. 184.064

Fdo.: Juan Flores Secretario General de la Gobernación
San Juan, Viernes 12 de Mayo de 2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 12/5/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha12/05/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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