Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 23/2/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Que el Concejo Deliberante Municipal sanciona la Ordenanza N 2716 con fecha 20 de Diciembre de 2017.
Por ello EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA
DECRETA
ARTÍCULO 1: Promulgar formalmente en todas sus partes la Ordenanza N 2716, sancionada por el Concejo Deliberante Municipal, de fecha 20 de Diciembre de 2017.
ARTÍCULO 2: Comuníquese y dese copia a quien corresponda, regístrese, cumplido, archívese.
Fdo. Dr. José Fabián Martín - Intendente Municipalidad de Rivadavia Dr. Gastón Petrignani Sec. de Adm. y Hacienda Municipalidad de Rivadavia Cta. Cte. 13.260 Febrero 23 $ 1.855.MUNICIPALIDAD DE ANGACO
SAN JUAN
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 2885/17
VISTO:
El Expediente N 5.446/17 a través del cual el Departamento Ejecutivo Municipal eleva para su tratamiento proyecto de derogación de la Ordenanza 2.862/17 sancionada en fecha 28 de Septiembre de 2017;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza cuya derogación se solicita establecía la donación del Lote A parcial N.C. 1160660320 según plano de mensura 11-1065-77 con una superficie de 1.500 m2.
Que la donación se realizaba a los fines que el Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Juan construyera el nuevo edificio de la Seccional N 20 y Delegación del Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas.
Que existe la imposibilidad material y funcional de construir las dos dependencias en el mismo inmueble.
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante decidir sobre lo anteriormente expuesto, derogando la norma solicitada.
POR ELLO: y en uso de las facultades que le confieren las legislaciones vigentes, que le son propias;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE ANGACO
SANCIONA:
ARTÍCULO 1: Derógase en todas sus partes la Ordenanza Municipal N 2.862/17 sancionada en fecha 28 de Setiembre de 2017, conforme los considerandos precedentes.ARTÍCULO 2: Comuníquese, cúmplase, cópiese, regístrese y archívese.-

Pág. 187.882

Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Angaco San Juan, Diciembre 28 de 2017.Fdo. Mario Sergio Pacheco - Presidente Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de Angaco Valeria Alejandra Garay Secretaria Legislativa Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de Angaco MUNICIPALIDAD DE ANGACO
DECRETO Nº 4123/17
ANGACO, 29 de Diciembre de 2017.VISTO:
El Expediente N 5446/17 registro en este Municipio y la Ordenanza Municipal N 2.885/17 y, CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante teniendo en cuenta el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal de derogar la Ordenanza 2.862/17, por la cual se establecía la donación de un terreno a favor del Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Juan para la construcción de nuevas dependencias departamentales.
Que el HCD a través de la Ordenanza N 2.885/17 en su articulado autoriza la mencionada derogación.
Que el Poder Ejecutivo Municipal comparte en todos sus términos lo dispuesto en la misma.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1: Promúlgase en todos sus términos la Ordenanza N 2.885-HCD-2017 sancionada en fecha 29 de Diciembre del 2017.Artículo 2: Póngase en vigencia la citada Ordenanza, Comuníquese a las Áreas Municipales que corresponda, cópiese, publíquese, archívese.-

San Juan, Viernes 23 de Febrero de 2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 23/2/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha23/02/2017

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1785

Primera edición17/05/2016

Ultima edición22/07/2024

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