Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 18/5/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
A tal efecto, la empleadora deberá proceder a reliquidar los haberes devengados que tuviere a percibir con posterioridad a la sentencia de quiebra, adecuándola a lo explicitado, estos es, del importe neto a cobrar sólo se podrán realizar los descuentos de ley, cesando cualquier otro descuento o embargo. Del monto resultante se practicará un único descuento equivalente al 20% del monto del haber a percibir, que se incauta con motivo del desapoderamiento, y que deberá depositarse en el Banco de depósitos judiciales, a la orden de este Tribunal, y como pertenecientes a estos autos, debiendo oficiarse a tal fin.
MARTES NOTIFICACIONES EN SECRETARÍA.
Protocolícese, déjese copia autorizada en los autos y hágase saber.- Fdo: Dr. Javier Antonio Vázquez, Juez.N 2943 Mayo 12/18. Eximido.EDICTO
El Sr. Juez del Juzgado Comercial Especial, Dr.
Javier Vázquez, sito en calle Mitre 678 Este, San Juan, hace saber que en autos 4032, "SÁNCHEZ, Duilio Rodolfo - Propia Quiebra", ha dictado la siguiente resolución: San Juan, 4 de Mayo de 2016. Y VISTO:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I Decretar la Quiebra del Sr. Duilio Rodolfo Sánchez, DNI N
11.483.034. III Ordenar la anotación de la Quiebra y de la inhibición general de bienes en los Registros que corresponda. VI Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces, con excepción del importe alcanzado por la incautación dispuesta por la presente.
XIII Publíquense edictos en tiempo y forma de ley.
XVII Disponer la suspensión de todos los pagos mediante descuento, excepto los de ley detallados en los considerandos precedentes y de los embargos que se efectúan sobre los haberes del fallido, por deudas de causa o título anterior a la quiebra y a partir de la recepción del oficio pertinente, conforme a los considerandos expuestos. XVIII A fin de hacer efectivo el desapoderamiento, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 104 de la LCQ y por la Ley Provincial 7330 y cc., Art. 2, ello en orden a atender el pago de los gastos consagrados por el Art. 244 y/o 240
de la LCQ, y la distribución que en definitiva corresponda, se dispone incautar el 20% del monto neto del haber jubilatorio que por todo concepto percibe el deudor deducidos los descuentos de ley supra identificados, haciendo una interpretación racional y sistemática de las leyes, haciéndole conocer asimismo al A.N.S.E.S que en el recibo de haberes
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pertinente deberá constar, como un ítem destacado, la incautación decretada con motivo de la quiebra. El mismo deberá hacerse efectivo inmediatamente a partir de la presente, a cuyo fin deberá oficiarse al A.N.S.E.S., y al Banco donde percibe los haberes, haciéndoles conocer que deberán abstenerse de hacer pagos a la fallida que contravengan lo aquí dispuesto.
A tal efecto, el A.N.S.E.S. deberá proceder a reliquidar los haberes devengados que tuviere a percibir con posterioridad a la sentencia de quiebra, adecuándolo a lo explicitado, estos es, del importe neto a cobrar sólo se podrán realizar los descuentos de ley, cesando cualquier otro descuento o embargo. Del monto resultante se practicará un único descuento equivalente al 20% del monto del haber a percibir, que se incauta con motivo del desapoderamiento, y que deberá depositarse en el Banco de depósitos judiciales, a la orden de este Tribunal, y como pertenecientes a estos autos, debiendo oficiarse a tal fin.
MARTES NOTIFICACIONES EN SECRETARÍA.
Protocolícese, déjese copia autorizada en los autos y hágase saber.- Fdo: Dr. Javier Antonio Vázquez, Juez.N 2944 Mayo 12/18. Eximido.-

R E M AT E S
Banco de San Juan S.A. Art. 39, Ley 12962, comunica: Juan Pablo Arabel Trucco, Mat. N 481/1
rematará el día 30 de Mayo del 2016 a las 11.00 Hs.
en calle Av. Ignacio de la Roza 219 Oeste, Planta Baja, Capital, el siguiente bien: Tractor marca Hanomag modelo 304A, motor marca Hanomag N
L110929382B, Chasis marca Hanomag N 2H1120.
dominio CIY 78 de propiedad de "Consignataria Pantanal S.A". Base libre. Condiciones de Remate:
Dinero de Contado, mejor postor, más comisión martillero 10% en el acto de remate. Gastos de transferencias, depósito y patentes adeudadas a cargo del comprador. En el estado en que se encuentra.
Exhibición y horario: A convenir con Martillero, Tel:
2645013922.Fdo: Federico J. López - Abogado MAT. 3280
Nº 47.852 Mayo 18. $ 90.-

RAZÓN SOCIAL
EDICTO
Juzgado Comercial Especial, Secretaría Registro Público de Comercio, comunica que en autos N
20.171, "CARNES ANDINAS S.A. - S/Inscripción de Directorio", ha ordenado publicar por un día
San Juan, Miércoles 18 de Mayo de 2016

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 18/5/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha18/05/2016

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1785

Primera edición17/05/2016

Ultima edición22/07/2024

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