Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/8/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 12

BOLETIN OFICIAL

Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. En garantía del correcto desempeño de su mandato, los Directores titulares constituirán una garantía por la suma de $10.000 pesos diez mil en forma personal, conforme al Artículo 256 de la Ley General de Sociedades Nº 19550, los que no podrán ser retirados ni afectados hasta que la Asamblea haya aprobado las cuentas del período de su gestión. La garantía podrá consistir en sumas de dinero en moneda nacional o extranjera, depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición. Podrá especialmente operar con toda clase de Bancos y entidades crediticias, oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultades de sustituir, iniciar o proseguir, constatar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todos otros hechos o actos jurídicos que hagan adquirir derechos y obligaciones a la sociedad. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social. Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o quien legalmente lo reemplace, quien tendrá el uso de la firma social y obligará a la sociedad en todos sus actos. Fiscalización: Los accionistas tienen derecho de inspección y contralor individual de los libros y papeles sociales, en los términos del Artículo 55 de la Ley General de Sociedades Nº 19550.
Si la sociedad quedara incluida en el Artículo 299
de la Ley General de Sociedades Nº 19550, su fiscalización estará a cargo de un Síndico titular designado por el término de tres 3 ejercicios, por Asamblea, designando simultáneamente a un Síndico suplente, ambos reelegibles con las funciones establecidas en los Artículos 294 y 295
de la Ley citada. Cierre del Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. Se ha designado el siguiente Directorio: Presidente:
Sra. Ana Norma Ragusi y Director suplente: Sra.
María Delfina Alder, quienes han aceptado los cargos conferidos y ambas han constituido domicilio especial en los arriba indicados.
1p 05-08-16

Neuquén, 05 de Agosto de 2016

TRANS-LEO
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Por instrumento privado de 24/06/2016, se constituye Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Socios: Élida Esther Curinao, argentina, nacida 07/05/1967, DNI 18.449.363, CUIT 27-184493638, divorciada, comerciante, domicilio: Los Teros 166 de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén; y Leandro Andres Robles, argentino, nacido 29/01/1985, DNI 31.528.314, CUIT 20-315283141, casado en primeras nupcias con Mónica Mabel Laurin, DNI 33.087.088, comerciante, domicilio:
Río Diamante 843 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Denominación: Trans-Leo, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio:
En la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén.
Duración: 99 años. Objeto: Transporte y Logística:
Servicio de transporte nacional e internacional por vía terrestre de cargas gaseosas, líquidas, sólidas, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes; su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje; y la administración logística de las citadas cargas, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, internacionales, provinciales, interprovinciales y municipales. Capital Social: $200.000
dividido en 200 cuotas de $1.000. Élida Esther Curinao suscribe e integra 160 cuotas sociales en dinero efectivo por $160.000 y Leandro Andrés Robles suscribe e integra en dinero efectivo 40
cuotas sociales por $40.000. Administración: La administración social será ejercida por dos Gerentes en forma indistinta, que podrán ser o no socios de la sociedad. Tendrán el uso de la firma social y podrán realizar todos los actos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites de los Artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades o la que en el futuro la reemplace o modifique, inclusive los que requieren poderes especiales, con la sola prohibición de usar la firma social en garantía o fianza a terceros. Durarán en su cargo todo el tiempo de duración de la sociedad, pudiendo ser removidos por las mayorías del Artículo 160 de la Ley General de Sociedades o la que en el futuro la reemplace o modifique. En garantía del desempeño de sus funciones cada Gerente suscribirá un pagaré por la suma de $20.000. Ejercicio Social: Finaliza 31 de diciembre. Fiscalización: A cargo de los socios. Desig-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/8/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha05/08/2016

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1323

Primera edición12/01/2001

Ultima edición30/07/2024

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