Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/5/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 48

BOLETIN OFICIAL

Antonio Labate Presidente; los señores vocales, Dres. Ricardo Kohon, Lelia Graciela Martínez y Evaldo Moya; el señor Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Vignaroli;, el Sr. Defensor General, Dr.
Ricardo Cancela, con la presencia de la señora Secretaria de Superintendencia Dra. Isabel Van Der Walt. Fdo. Dra. Isabel Van Der Walt, Secretaria de Superintendencia, Tribunal Superior de Justicia.
1p 08-05-15
REGLAMENTO DE EXPEDIENTE DIGITAL
De la informatización del proceso judicial I y II Etapa Artículo 1: Impleméntase el Expediente Digital para lo cual se utilizarán los medios electrónicos y firma digital en la tramitación de procesos judiciales.
Artículo 2: Impleméntase la plataforma web de expedientes digitales para el ingreso de las piezas procesales Demanda y título ejecutivo en la I
Etapa. Establécese que para que una pieza procesal sea válida, a los fines procesales, deberá estar suscripto digitalmente.
Artículo 3: El ingreso a la plataforma web de ingreso de demandas, se brindará a las partes Actor en el proceso de apremio en esta I Etapa mediante un procedimiento en el cual se asegurará la adecuada identificación de la persona que accede a la misma.
Al acreditado le será atribuida unaclave de acceso, que lo identificará con el rol que posee.- en esta primera etapa, ACTOR en un proceso de apremio..
La parte, podrá autorizar personas a los fines de la carga de las demandas en la plataforma web y previa acreditación de identidad se asignará clave de usuario identificado con la parte que ha realizado la autorización.
Artículo 4: Se considerarán realizados los actos procesales por medio electrónico en el día y hora del ingreso de los documentos firmados digitalmente a la Plataforma Web, de lo cual deberá ser ofrecido un acuse de recibo electrónico al usuario, sin perjuicio del registro que deberá quedar en el propio sistema.
Cuando, por motivo técnico, resulte inviable el
Neuquén, 08 de Mayo de 2015

uso del medio electrónico para la realización de citación, intimación o notificación, esos actos procesales podrán ser practicados según las reglas ordinarias.
Los ingresos solo podrán ser realizados durante el horario hábil.
Artículo 5: La demanda será firmada digitalmente, se adjuntarán los títulos ejecutivos escaneados y el archivo deberá estar firmado digitalmente.
Artículo 6: Una vez ingresada la demanda con adjunción del título ejecutivo, el sistema DEXTRA
procederá a sortear el Juzgado que intervendrá en forma automática.
Artículo 7: El juzgado procederá a evaluar la documentación digitalizada y despachará la demanda en forma habitual, mediante providencia que deberá estar firmada digitalmente.
Artículo 8: La parte actora, acompañará el Mandamiento de Intimación de Pago y Embargo para su libramiento por el Juzgado, que será proveído del modo habitual, y firmado en soporte papel y librado una vez realizado el confronte.
Artículo 9: Impleméntase a partir del 15 de mayo del año 2015 la II Etapa del Proceso de Informatización del Expediente de Apremios, que implica la continuación del trámite por parte del órgano jurisdiccional, a partir de la presentación de la demanda.
Artículo 10: Ingreso de documentos por la parte: Al momento de ingresar un documento firmado digitalmente a la plataforma web de expedientes digitales, la parte Actora identificará el mismo a través de los denominados tipos de presentaciones, dispuestas en el sistema Dextra.
Cuando la presentación se realice con carácter de pronto despacho deberá identificarse con el clasificador previsto en el sistema.
En caso contrario, no se le dará trámite preferente.
Artículo 11: Mandamientos y Oficios para Libramiento: A partir del 27 de mayo, el sistema DEXTRA en la plataforma web utilizada por las partes, permitirá generar los mandamientos y oficios que deben ser librados en el expediente, asignándoles un CÓDIGO DE BARRA, y quedará generado en el sistema.
La parte, generará los mandamientos y oficios que deba librar en dicho sistema y los presentará para su confronte y libramiento por Mesa de Entradas del fuero.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha08/05/2015

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones1323

Primera edición12/01/2001

Ultima edición30/07/2024

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