Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/12/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 18

BOLETIN OFICIAL

ñores Eduardo Delfin Osses González, chileno, 59 años de edad, DNI 92.236.164, comerciante, soltero, con domicilio en calle Domene Nº 1.026
de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén y José Deivis Ñancucheo, argentino, 29 años de edad, DNI 31.099.347, comerciante, soltero, con domicilio en Manzana 27, Casa 16, Sec. Ebenezer, Villa Ceferino de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, en adelante los cesionarios, convienen lo siguiente: Cláusula Primera: La Sra.
Brunildes del Carmen Figueroa Pintrinilla cede y transfiere la cantidad de cuotas seiscientas 600
de las que es titular con un valor nominal de pesos diez $10,00 cada una que representan el 100%
de su participación en la sociedad y el 75% del capital de la misma al Sr. Eduardo Delfín Ossés González. En este mismo acto presta conformidad el Sr. Daniel González Soto, en su carácter de cónyuge de la Sra. Pintrinilla, suscribiendo el presente instrumento. Cláusula Segunda: La Sra.
Yohana Paola González Figueroa cede la cantidad de cuotas doscientas 200 de las que es titular con un valor nominal de pesos diez $10,00 cada una que representan el 100% de su participación en la sociedad y el 25% del capital de la misma, al Sr. José Deivis Ñancucheo. Cláusula Tercera: El valor nominal de cada cuota que se transfiere es de pesos diez $100,00 por lo que el monto total de esta cesión es de pesos ocho mil $8.000,00.
Cláusula Cuarta: Los cesionarios abonan en este acto la totalidad del precio de las cuotas, sirviendo el presente instrumento como suficiente recibo de pago. Cláusula Quinta: Las cedentes prestan su conformidad recíprocamente a la cesiones realizadas conforme a lo establecido por el Artículo 5
del contrato social. Cláusula Sexta: Las cedentes se desvinculan de la sociedad en su calidad de socias, renunciando a todo derecho u obligación que surja de su cuenta particular a partir de la firma del presente contrato. Cláusula Séptima: La Sra. Brunildes del Carmen renuncia en este acto al cargo de socia gerente, resultando aprobada por unanimidad su gestión y procediendo a la entrega del pagaré firmado en garantía. Cláusula Octava: Las cedentes y los cesionarios, declaran que a través del balance realizado al 31/10/2014, comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimo-

Neuquén, 05 de Diciembre de 2014

nial, económica y financiera de la sociedad que aceptan y ratifican totalmente. Cláusula Novena:
Los cesionarios se notifican de la presente cesión operada en su favor manifestando su conformidad y aceptación. Cláusula Décima: Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes constituyen domicilio en los denunciados en el encabezado donde tendrán efecto todas las notificaciones. Cláusula Decimoprimera: Los firmantes confieren poder a la Sra. Marisa Liliana Trellini, DNI 12.605.421 y/o a la Srta. Manuela Junca, DNI 31.613.731 con las más amplias facultades a fin de tramitar la inscripción de la cesión ante el Registro Público de Comercio, con facultades para aceptar las modificaciones que indique el organismo, redactar y suscribir instrumentos modificatorios, acompañar y desglosar documentación, solicitar rúbrica de libros, depositar y retirar fondos y realizar todos los actos y gestiones que sean consecuencia de este instrumento. En este mismo acto, reunidos el Sr. Eduardo Delfín Ossés González, chileno, 59 años de edad, DNI 92.236.164, comerciante, soltero, con domicilio en calle Domene Nº 1.026 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y José Deivis Ñancucheo, argentino, 29 años de edad, DNI 31.099.347, comerciante, soltero, con domicilio en Manzana 27, Casa 16, Sec. Ebenezer, Villa Ceferino de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, en su carácter de socios de G.P. PATÁGONICA S.R.L. resuelven modificar los Artículos 1, 4, 6 y 10 del estatuto social, que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 1: Déjase constituida por los firmantes una sociedad comercial bajo la denominación de G.P. PATÁGONICA S.R.L., con domicilio legal y administrativo en calle Domene Nº 1.026
de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén.
La sociedad podrá trasladar este domicilio y podrá instalar sucursales, agencias y depósitos en el país. Artículo 4: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos ocho mil $8.000,00, dividido en ochocientas cuotas 800 de pesos diez $10 cada una. El capital es suscripto por los socios íntegramente de la siguiente manera: El Sr.
Eduardo Delfín Ossés González, seiscientas cuotas 600, por un total de pesos seis mil; y el Sr.
José Deivis Ñancucheo, doscientas cuotas 200, por un total de pesos dos mil. Artículo 6: La administración, uso de la firma social y representación

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/12/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha05/12/2014

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones1322

Primera edición12/01/2001

Ultima edición26/07/2024

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