Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 18/7/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 18 de Julio de 2014

BOLETIN OFICIAL

Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría dar traslado al obligado a rendir Cuentas, señor Prof. Roberto Enrique Cacault -Intendentey el señor Cr. Carlos Andrés Abate -Secretario de Economía y Haciendade las Observaciones Nº 1 y Nº 2, contenidas en el Informe de Auditoría Nº 4735/13-D.M. y C.F.; conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo, y a efectos de que en un plazo improrrogable de 20 veinte días presenten ante el Tribunal los descargos que hagan a su derecho. Artículo 4º: Vencido el plazo fijado a los responsables por el Artículo 3º pasen las actuaciones al Auditor Fiscal para que produzca informe. Artículo 5º: Advertir a las autoridades municipales que deberán arbitrar las medidas conducentes con el fin de evitar la reiteración de las situaciones expuestas en el Considerando IV del presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones pecuniarias establecidas en la Ley 2141. Artículo 6º:
Notificar el presente acuerdo al Concejo Deliberante su toma de conocimiento y demás efectos que correspondan. Artículo 7º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada. Artículo 8º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación.
Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C.
Esteves Vocal, Cra. María L. Ruíz Vocal Subrogante, Cra. Marina B. Morandi Vocal Subrogante, Cr. Daniel R. Elias Vocal Subrogante ad hoc, Dra.
Mónica S. Eberbach Secretaria.


Acuerdo JR - 8394. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los dieciséis días de mayo del año dos mil catorce, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Departamento Seguridad Metropolitana - Reyes Rubén Armando s/Sustracción Pistola Calibre 9MM.- Serie Nº 07400, Expte. Nº 260045817/2006, corre agregado por cuerda Preventivo Postal Nº 935 DSM de fecha 13 de diciembre de 2006, en trámite por ante este Tribunal; Visto:
Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Declarar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial del Sargento Ayudante Rubén Armando Reyes D.N.I. Nº 14.202.941 - L.P. Nº 754.9240/0, por la producción del hecho que motivara la formación de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Condenarlo al pago de
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la suma de pesos cuatrocientos $400,00, según Acuerdo I-1442, en concepto de reposición por el perjuicio fiscal ocasionado, atento al reconocimiento y pago voluntario mediante depósitos en la Cuenta Corriente del Tribunal de Cuentas en el Banco Provincia del Neuquén Sociedad Anónima conf. Art.
118 de la Ley 2141; dar por extinguida dicha obligación de pago. Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y Archívese. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María L. Ruíz Vocal Subrogante, Cra. Marina B. Morandi Vocal Subrogante, Cr. Julio R. Iglesias Vocal Subrogante, Dra. Mónica S. Eberbach Secretaria.


Acuerdo JR - 8397. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los dieciséis días de mayo del año dos mil catorce, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Comisaría 28º de Villa La Angostura s/Extravío de Handie Marca Vertex, Modelo 160 Serie Nº 4F710176, Expediente Nº 260045448/2006, corre agregado por cuerda Disposición Interna Nº 022/06 VLA/J, Preventivo Nº 367/06
VLA, en trámite por ante este Tribunal; Visto:
Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Declarar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial del Cabo Primero Juan Carlos Murer D.N.I. Nº 16.647.202 L.P. Nº 719.894/0, por la producción del hecho que motivara la formación de las presentes actuaciones.
Artículo 2º: Condenarlo al pago de la suma de pesos novecientos cuarenta y nueve $949,00, en concepto de capital resarcitorio por el perjuicio fiscal producido y conforme ha sido determinado en estas actuaciones con más los intereses, a partir del día 2 de abril de 2006 hasta el día 30 de abril de 2014 -Tasa Pasiva del Banco Provincia del Neuquén Sociedad Anónimaque asciende a pesos cuatrocientos diecisiete con ochenta y tres centavos $417,83, lo que suma un total de pesos mil trescientos sesenta y seis con ochenta y tres centavos $1.366,83, que deberá el responsable, en el plazo de 20 veinte días depositar en el Banco Provincia del Neuquén Sociedad Anónima -Sucursal Rivadaviaen la Cuenta Corriente Nº 110/3 -cargos por responsablesque el Tribunal tiene habilitada a tal efecto y presentar en la sede de este Órgano de Control Externo, dentro del plazo indicado el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito en la institución banca-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 18/7/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha18/07/2014

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1319

Primera edición12/01/2001

Ultima edición12/07/2024

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