Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 14/6/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 14 de Junio de 2013

BOLETIN OFICIAL

ción de los hechos relacionados con los incisos 1
y 2 de la Observación Nº 1 del Anexo I del Informe Nº 3076/07 D.M. y ratificada en el Informe Nº 3130/08 D.M., de conformidad con los argumentos vertidos en los considerandos del presente.
Artículo 3º: Condenar a los Sres. Rodolfo Canini y Héctor Ariel Prado, en forma solidaria, al pago de la suma de pesos un mil doscientos setenta y tres con 53/100 $1.273,53 en concepto de capital por el perjuicio fiscal ocasionado, con más los intereses -Tasa Pasiva del Banco Provincia del Neuquéncalculados desde el 31/12/2006 hasta el 30/04/2013 que de conformidad a la planilla de liquidación adjunta asciende a la suma de pesos cuatrocientos cincuenta con 08/100 $450,08, importes que totalizan la suma de pesos un mil setecientos veintitrés con 61/100 $1.723,61.
Asimismo, se le hace saber que en el plazo de veinte 20 días deberá proceder a depositar el total resultante en el Banco Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia-, en la Cuenta Corriente que el Tribunal tiene habilitada al efecto -Nº 110/3- y presentar en la sede de este Órgano de Control Externo, dentro del plazo indicado el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito en la institución bancaria, se librará testimonio de la sentencia y con oficio de Presidencia pasarán al Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio -art. 119 de la Ley 2141- de Administración Financiera y Control. Artículo 4º: Intímese a los Sres. Rodolfo Canini y Héctor Ariel Prado a que tomen las medidas necesarias a efectos de transferir a la orden de este Tribunal de Cuentas -Cuenta Corriente Nº 110/3- la suma de pesos setenta con 00/100 $70,00, que se encuentran depositados en la cuenta Nº 109420/4 de titularidad de la Municipalidad de El Huecú. Cumplido ello deberán presentar en la sede de este Órgano de Control Externo el comprobante respectivo. Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, comuníquese y dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cr. Hugo A. Cervera Vocal Subrogante, Cr. Rodolfo M. Oyarzábal Vocal Subrogante, Cra. María L. Ruíz Vocal Subrogante ad hoc, Dra. Mónica S. Eberbach Secretaria.


Acuerdo C - 4398. En la ciudad de Neu-

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quén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil trece, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en relación a los autos caratulados: Comisión de Fomento de Sauzal Bonito - Rendición de Cuentas - Ejercicio 2011, Expediente Nº 5600-00674/2011 y corre acumulado por cuerda el Expediente Nº 5600-00988/2012, en trámite por ante este Tribunal; Considerando: Resuelve:
Artículo 1º: Tener por no presentada la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento de Sauzal Bonito -Ejercicio 2011-. Artículo 2º: Ordenar la substanciación de una actuación sumarial que tendrá como finalidad reunir toda la documentación correspondiente a la rendición de cuentas por el ejercicio y proceder a su estudio determinando la existencia o no de perjuicio fiscal y las responsabilidades administrativas que pudieran corresponder. Designar a tal efecto Instructor Sumariante al Dr. Pablo Di Lorenzo. Artículo 3º: Aplicar a los señores Ariel Lorenzo Godoy -Presidente 01/01/2011 al 09/12/2011- y Yanet Iris Alfaro, una multa de pesos cuatro mil quinientos $4.500,00
a cada uno de ellos, de conformidad a los establecido en el art. 107º de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, las que deberán ser depositadas en el plazo de veinte 20 días, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada en el Banco Provincia Sucursal RivadaviaCuenta Corriente 110/3, debiendo presentar en la sede de este Organismo, dentro del plazo indicado, los comprobantes respectivos. Vencido el plazo sin hacer efectivos los depósitos, sin más trámite se remitirán los antecedentes al Sr. Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio. Artículo 4º:
Notificar el presente Acuerdo a las autoridades a fin de que arbitren las medidas conducentes con la finalidad de presentar las rendiciones de cuentas siguientes en tiempo y forma, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. Artículo 5º: Comunicar el presente Acuerdo a la Honorable Legislatura Provincial, al Poder Ejecutivo y al Tribunal Superior de Justicia. Artículo 6º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. Fdo. Dr. Hugo R.
Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cr. Hugo A. Cervera Vocal Subrogante, Cr. Facundo A. Ferroni Vocal Subrogante, Cr. Rodolfo M. Oyarzábal Vocal Subrogante, Dra. Mónica S.
Eberbach Secretaria.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 14/6/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha14/06/2013

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1319

Primera edición12/01/2001

Ultima edición12/07/2024

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