Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 17/12/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 12

BOLETIN OFICIAL

ción de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, baterías y acumuladores y cualquier otro artículo para vehículos automotores, sus partes y accesorios. 2
Instalación y explotación comercial de lavadero automático y manual de motores, incluyendo la lubricación, engrase y plastificados. Plazo de Duración: Noventa y nueve años. Capital Social:
$16.000 pesos dieciséis mil representados por ciento sesenta 160 cuotas sociales de pesos cien $100 cada una y la participación será: Socio Don Fernando Antonio Julián, ciento cincuenta y dos 152 cuotas de pesos cien $100, por un total de pesos quince mil doscientos $15.200, lo que significa el 95% del capital social y socio José Francisco Bedmar Espinosa, ocho 8 cuotas de pesos cien $100, por un total de pesos ochocientos $800, lo que significa el 5% de capital social restante, ambos socios suscriben en este acto de la totalidad del capital social e integran en el mismo el 25% del total, comprometiéndose a integrar el resto en un lapso de dos años a partir dela fecha de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.
Para posteriores aumentos de capital, la sociedad se atendrá a lo instituído en la Ley 19.550. La dirección, administración y representación de la sociedad estará a cargo del socio Julián Fernando Antonio, en calidad de Socio Gerente. EI Gerente permanecerá en su cargo todo el término de duración de la sociedad o hasta que la reunión de socios Ie revoque el mandato. Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
10 de diciembre de 2.010.
1p 17-12-10


SERMEDO S.R.L.
Se hace saber que en fecha 15/07/2.010 y que en fecha 01/09/2.010, según modificatorias, se ha celebrado el contrato social SERMEDO
S.R.L.. Los socios, la Sra. Daniela Verónica Christiansen, DNI 26.458.651, de 32 años de edad, soltera, argentina, médica, domiciliada en General Paz Nº 1.361 de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, el Sr. Gustavo Alejandro Sánchez Diego, DNI 16.842.771, de 46
años de edad, casado, argentino, médico, domiciliado en Salta 442, Piso 5, Departamento A de
Neuquén, 17 de Diciembre de 2.010

la ciudad de Neuquén, el Sr. Hugo Gastón Nadalmay, DNI 25.492.230, de 34 años de edad, soltero, argentino, médico, domiciliado en Lote 11, Manzana 27, Barrio Cooperativa Villa EI
Chocón de la Provincia del Neuquén, y el Sr. Eduardo Nicolás Páez Páez, DNI 27.474.596, de 30
años de edad, casado, argentino, médico, domiciliado en Serraiotto 318, Loteo Navarro de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén. SERMEDO
S.R.L., con domicilio social en la calle Perito Moreno Nº 673 de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén. Plazo de Duración: De 99 noventa y nueve años. Capital Social: Será de pesos sesenta y cuatro mil $64.000.00, dividido en sesenta y cuatro 64 cuotas de pesos mil $1.000
valor nominal cada una, las cuales son suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: Daniela Verónica Christiansen, 16 cuotas sociales por un total de pesos dieciséis mil $16.000,00; Gustavo Alejandro Sánchez Diego, suscribe la cantidad de 16 cuotas sociales por un total de pesos dieciséis mil $16.000,00; Hugo Gastón Nadalmay, suscribe la cantidad de 16
cuotas sociales por un total de pesos dieciséis mil $16.000,00, Eduardo Nicolás Páez Páez, suscribe la cantidad de 16 cuotas sociales por un total de pesos dieciséis mil $16.000,00. Las cuotas se integran en un 25% en efectivo y el saldo restante será integrado por los socios en el plazo de dos años contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad ante el Registro Público de Comercio. Administración, Representación y Fiscalización: La administración, representación y uso de la firma social, estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no quienes actúan en forma individual e indistinta siendo reelegibles. En tal carácter, podrá adquirir, enajenar y gravar bienes muebles registrables o no y tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive en los previstos en los Artículos 1.881 del Código Civil y 9 del Decreto Ley 5.965/63. Podrán efectuar todas las operaciones bancarias con cualquier institución oficial o privada, del país o extranjero. Se deja constancia la prohibición de otorgar fianzas o garantías a favor de terceros. La fiscalización de la sociedad se regirá en los términos del primer párrafo del Art.
158 de la Ley 19.550 y su modificatoria la 22.903.
EI o los Gerentes depositarán en la sociedad en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 17/12/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha17/12/2010

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1318

Primera edición12/01/2001

Ultima edición08/07/2024

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