Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/7/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 31 de Julio de 2009

BOLETIN OFICIAL

contratar personal en relación de dependencia para trabajos determinados o contratar servicios de técnicos o profesionales conforme las necesidades que la marcha de la sociedad requiera.
La presente enunciación tiene carácter indicativo y no es limitativa de otras actividades, acordes con el objeto social.
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TRANSPORTE LOS RUSOS S.R.L.
Fecha de Instrumento de Cesión: 30 de enero de 2009 y 03 de marzo de 2009. Entre la Sra.
Susana Concepción Yopolo, Documento Nacional de Identidad N 11.219.302, nacida el 11 de marzo de 1954, argentina, casada, de profesión comerciante, domiciliada en calle Bahía Blanca N 1014 de la ciudad de Neuquén, el Sr. Eduardo Esteban Rossomanno, Documento Nacional de Identidad N 24.121.833, nacido el 24 de abril de 1975, argentino, soltero, empleado, domiciliado en calle Olascoaga N 403 de la ciudad de Neuquén y la Srta. Gómez Osorio Paola Alejandra, Documento Nacional de Identidad N
93.285.015, nacida el 24 de octubre de 1984, chilena, soltera, empleada, domiciliada en Barrio Rincón de Emilio, Manzana X, Lote 16 de la ciudad de Neuquén, convienen en celebrar el presente Contrato de Cesión: La Sra. Susana Concepción Yopolo Cedente cede y transfiere cincuenta 50 cuotas sociales de pesos cien $100,00 valor nominal cada una de la siguiente manera: a favor del Sr. Rossomanno Eduardo Esteban Cesionario un total de cuarenta y ocho 48 cuotas sociales de pesos cien $100,00 valor nominal cada una en la suma de pesos cuarenta y tres mil doscientos $43.200,00 y a favor de la Srta. Gómez Osorio Paola Alejandra Cesionaria, un total de dos 2 cuotas sociales de pesos cien $100,00 valor nominal cada una en la suma de pesos un mil ochocientos $1.800,00.
En virtud de la presente cesión la cláusula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: "Artículo Cuarto: Capital Social: El capital social es de pesos diez mil $10.000,00 dividido en cien 100 cuotas de pesos cien $100,00 nominal cada una en dinero en efectivo que los socios suscribieron e integraron totalmente de acuerdo al siguiente detalle: El Sr.

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Rossomanno Eduardo Esteban noventa y ocho 98 cuotas sociales por la suma de pesos nueve mil ochocientos $9.800,00 y la Srta. Gómez Osorio Paola Alejandra dos 2 cuotas sociales por la suma de pesos doscientos $200,00". La Sra. Susana Concepción Yopolo se desvincula de la sociedad renunciando a todo derecho u obligación que surja de su cuenta particular y a su cargo de Gerente. Puesta a consideración de los socios la vacante mencionada, resulta designado por unanimidad el Sr. Rossomanno Eduardo Esteban para cubrir el cargo de Socio Gerente.
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TORNERÍA EL NEUQUÉN S.R.L.
Contrato de Cesión de Cuotas Sociales En la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, a los 04 días del mes de marzo de 2009, entre el señor Marcelo Fernando Brunetta, D.N.I. 12.629.884, nacido el 08 de noviembre de 1958, de estado civil casado con Graciela Liliana Fuentes, D.N.I. 14.420.983, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, con domicilio en calle Luis Pasteur 1.272 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, en adelante el Cedente, por una parte; en su calidad de socio de TORNERÍA EL NEUQUÉN SRL, con domicilio en calle Belén 4585 de la ciudad de Neuquén, inscripta en el Registro Público de Neuquén, bajo el N 236, Fº 2116/2122, Tº XII S.R.L., Año 2006, y modificatoria inscripta en el Registro Público de Neuquén, bajo el N 331, Fº 2266/2272, Tº XIV
S.R.L., Año 2007, titular de 2 cuotas sociales de la misma, que representan el 10% del total del capital social; y el señor Chacoma Cristian Andrés, D.N.I. 29.554.368, nacido el 31 de agosto de 1982, de estado civil casado con Lidia Alejandra Santillán, de nacionalidad argentina, de profesión empleado, con domicilio en Calle 6, Dúplex 670
de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, y en adelante el Cesionario, por la otra parte, ambos hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales sujeto a las siguientes cláusulas: Primera: El Cedente transfiere la cantidad de 2 dos cuotas sociales de las que es titular en TORNERÍA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 31/7/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha31/07/2009

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1323

Primera edición12/01/2001

Ultima edición30/07/2024

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