Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/4/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 08 de abril de 2009

BOLETIN OFICIAL

Pública.
Artículo 4º: Notifíquese, a la Dirección Provincial de Minería, a la Dirección General de Evaluaciones Ambientales Mineras. Regístrese y cumplimentado, archívese.
ANEXO I
Reglamento de funcionamiento de Audiencia Pública para la Actividad Minera:
1 A la hora y fecha publicadas en el edicto, la Autoridad de Aplicación Ambiental, en pleno uso de las facultades conferidas por Ley 1875 y T.O.
2267; en su carácter de Presidente de esta Audiencia Pública, da apertura al acto y designa al Secretario y al Moderador que lo asisten.
2 Se da lectura al orden del día y al presente Reglamento de funcionamiento de la audiencia.
3 A los efectos de interpretar el presente reglamento, se denomina:
Expositor: a las autoridades de La Secretaría de Estado de Recursos Naturales, a través de sus autoridades de aplicación ambiental minera, la empresa, como así también a toda persona debidamente inscripta a fin de presentar informes, ponencias, opiniones u observaciones circuncriptos al tema objeto de la convocatoria.
Los expositores podrán solicitar su inscripción desde la habilitación del Registro hasta dos 2
días hábiles antes de la realización de la Audiencia Pública.
Participante: Es toda persona interesada que concurra a la audiencia pública y que no realice una presentación.
4 La empresa tendrá un tiempo máximo de 1
una hora para exponer.
5 Cada expositor debidamente inscripto y acreditado tendrá un tiempo máximo de exposición de 10 minutos para referirse al informe de I.I.A.
que se trata.
6 Luego de las autoridades y la empresa, los expositores realizarán su intervención oral siguiendo el orden de inscripción que será consignado en el orden del día, el cual será leído en la apertura.
7 Las exposiciones no podrán ser interrumpidas, por otros expositores y/o participantes del
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público, sin excepción alguna.
8 Una vez finalizadas todas las exposiciones, los participantes podrán formular preguntas por escrito dirigidas a alguno de los expositores acreditados en forma particular, consignando el nombre hacia quien va dirigida la pregunta y el nombre de quien la formula. En caso de que quien formule la pregunta lo haga en nombre de una Persona Jurídica Fundación, ONG, Organismo y/
o Institución, etc. debe consignar también el nombre de dicha entidad. El Secretario recepcionará las preguntas.
9 El Presidente posee la facultad de resolver acerca de la pertinencia de la lectura de las preguntas, atendiendo al buen orden del procedimiento y analizando si el tema es conducente con lo tratado en la audiencia.
10 En caso de formularse la pregunta, el destinatario tendrá 3 minutos para contestarla. No se admitirán repreguntas y/o preguntas que no se refieran exclusivamente al tema de la audiencia.
Todo ello a fin de mantener el procedimiento de la Audiencia Pública, ya que no es un debate.
11 El Presidente de la Audiencia tendrá las siguientes facultades:
a Designar el Secretario y el Moderador que lo asistan. El Secretario después de la apertura del Presidente leerá el orden del día y el presente Reglamento, dará la palabra a los expositores y finalmente redactará el Acta de la audiencia pública. El Moderador controlará el tiempo de cada exposición y el de duración de las respuestas, como así el cumplimiento de lo expuesto en el punto precedente.
b Realizar una presentación del tema de la audiencia, sus objetivos y reglas de funcionamiento.
c Decidir sobre la pertinencia de las preguntas formuladas.
d Decidir sobre la pertinencia de las intervenciones orales de expositores no registrados.
e Decidir sobre la pertinencia de realizar grabaciones y/o filmaciones que sirvan como soporte.
En tal caso, previo a dar inicio a las exposiciones se advertirá a todos los intervinentes en la Audiencia Pública. Disponiendo la modalidad en que deberá ser registrada la misma, estando su custodia a cargo del Secretario; de los que se dejará constancia, en el Acta de Audiencia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/4/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha08/04/2009

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1323

Primera edición12/01/2001

Ultima edición30/07/2024

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