Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/9/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 30

BOLETIN OFICIAL

b la Receptoría General de Expedientes del Fuero de Familia.
Artículo 2: La jefatura de la Mesa de Entradas Única de los Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia está a cargo del Coordinador de Mesa de Entradas y Organismos Auxiliares del Fuero de Familia quien a su vez tendrá a su cargo la Oficina de Admisión y Derivación de Trámite y la Receptoría General de Expedientes. La Jefatura de la Oficina de Admisión y Derivación de Trámites será ejercida por un Secretario quien será el responsable del organismo y jefe directo de su personal.
En caso de ser necesario el cumplimiento de la subrogancia, el funcionario deberá permanecer durante la totalidad de la jornada en el organismo que subroga.
Artículo 3: Serán funciones de la Mesa de Entradas Única de los Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia:
a Atención de profesionales, procuradores, peritos y público en general.
b La custodia, recepción, distribución y expedición de expedientes y documentos correspondientes a todos los Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Neuquén, de conformidad a las órdenes emanadas en los expedientes en trámite ante cada organismo.
Serán funciones de la Oficina de Admisión y Derivación de Trámites:
a Realizar la atención primaria en caso de denuncias que se formulen sin patrocinio letrado dentro del marco de la Ley 2212 ó 2302, ya sea por presentación espontánea en el organismo, o por recepción de denuncias Ley 2212 remitidas por las instituciones policiales.
Dicha atención primaria incluyepor parte del profesional del organismola información completa, oportuna y detallada al denunciante respecto a las medidas previstas en la normativa aludida, realizándose ésta en forma personal a los fines que el interesado decida si desea ratificar o no la denuncia formulada si ésta hubiera ocurrido en dependencias policiales.
Para el caso de que el denunciante no ratifi-

Neuquén, 12 de setiembre de 2008

que la denuncia o habiéndose presentado en forma espontánea, exprese que no desea solicitar las medidas que la legislación vigente pone a su disposición, se dejará constancia en el acta a labrarse, indicándole al mismo que puede volver al organismo si así lo desea o considera necesario para su seguridad e a fin de instar el trámite para darle curso. Cuando el denunciante ratifique la denuncia, se formará el expediente correspondiente remitiéndolo al Juzgado que corresponda por sorteo -salvo que cuente con antecedentes en algún Juzgado, en cuyo caso se asignará el expediente al mismo organismo-. Las actas labradas se conservarán durante el transcurso de un año. Si en dicho período no ha concurrido el interesado a ratificar la denuncia o solicitar medidas, se procederá a la destrucción de las actas labradas en soporte papel, conservándose el soporte magnético con la constancia de destrucción correspondiente.
La Receptoría General de Expedientes del Fuero de Familia, funcionará dentro del ámbito de la Mesa Única de los Juzgados de Familia, y se regirá por el Reglamento de Receptoría aprobado por el Poder judicial para la correspondiente al fuero civil, con la salvedad de que las materias serán las oportunamente asignadas en virtud del fuero.
Artículo 4: Serán funciones del Coordinador de la Mesa Única:
a Velar por el correcto manejo de la documentación recibida;
b asegurar el cumplimiento de las vistas ordenadas en los expedientes;
c velar por la correcta carga de los expedientes en el sistema IURIX;
d solicitar el mobiliario necesario para la conservación de los expedientes y desarrollo de las tareas del organismo;
e Evacuar las consultas realizadas en virtud de los trámites previstos en la Ley 2212 y 2302 intentando - cuando no sea procedente la atención en el fuero-realizar una correcta derivación.
f Evacuar las consultas formuladas por los profesionales, procuradores y peritos en la medida que ello no implique asesoramiento en el trámite;
g Comunicar al órgano jurisdiccional las inquietudes formuladas por los interesados en la Mesa

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/9/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha12/09/2008

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1320

Primera edición12/01/2001

Ultima edición16/07/2024

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