Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/2/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 24 de febrero de 2006

BOLETIN OFICIAL

EDICTOS
TRIBUNAL DE CUENTAS
El Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, notifica por este medio al señor Raúl Ricardo Bascur, L.E. 8.850.599 que en el Expte.2600-34096 Alcance I, Año 1997
Municipalidad de Senillosa - Rendición de Cuentas Ejercicio 1997 Actuación Sumarial; en trámite por el Departamento Juicios Administrativos de Responsabilidad se ha dictado el Acuerdo JR 5600 y la Resolución de Cargo que transcriptos en su parte pertinente dicen: En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintiocho días de febrero del año dos mil cinco, se reúnen en Acuerdo los señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente Doctora Violeta Élida Mandón, integrado por los Señores Vocales Contadores Dante Adolfo Boselli, Néstor Armando Cucurullo, Ángel Arturo Molia y Juan Carlos Pintado con la asistencia de la Secretaria, Doctora Mónica S. Eberbach; para dictar resolución en los autos caratulados: Municipalidad de Senillosa Rendición de Cuentas Ejercicio 1997 - Actuación Sumarial Expte. Nº 2600-34096/1997 Alc. I, y agregados por cuerda Expte. 2600-34096/1997
Alc. I Municipalidad de Senillosa Rendición de Cuentas Ejercicio 1998, Expte.Nº C 145040 Trigo Néstor Mario contra Municipalidad de Senillosa Obras varias sobre Cobro Ejecutivo;Expte. Nº D
113811 Alvial Díaz Fulberto contra Municipalidad de Senillosa sobre accidente Ley 9688, Expte.C
163219 Sarno Daniel Emilio contra Olave Luisa Aide y otro sobre Ejecución de Honorarios, en trámite por ante este Tribunal; y conforme al orden de votación oportunamente fijado por el Art. 3º del Reglamento Orgánico de este Cuerpo -Acuerdo I-1028-, la señora Presidente Dra. Violeta E.
Mandón, dijo: Visto Considerando por unanimidad Resuelve: Artículo 2º: Disponer la sustanciación de un Juicio Administrativo de Responsabilidad teniendo como supuestos responsables a los señores y Raúl Ricardo Bascur, Intendente de la Municipalidad de Senillosa durante el Ejercicio 1994, por la suma de $ 10.437,41, en función de las observaciones expuestas en los considerandos del presente
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Acuerdo, y lo que en más o menos surja de la prueba a producir, en función de las observaciones expuestas en los considerandos del presente Acuerdo, y de acuerdo a los términos de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control.- Artículo 2º: Designar Instructora Sumariante a la Dra. Marina Comas. Artículo 3º:
Regístrese, comuníquese, publíquese y pase al Departamento Juicio de Responsabilidad
Firmado: Cr. Dante A. Boselli. Vocal, Dra. Violeta E. Mandón, Presidente; Cr. Nestor A. Cucurullo, Vocal; Cr. Angel A. Molia, Vocal; Cra. Marta E. Nocco y Dra. Mónica S. Eberbach Secretaria; y Formalizar cargo pecuniario por el presunto perjuicio causado a la hacienda pública, contra los Sres Raúl Ricardo Bascur por la suma de $
8.592,41 pesos ocho mil quinientos noventa y dos con cuarenta y un centavos o que en más o en menos surja de las pruebas a producir, con más los intereses correspondientes hasta el efectivo pago. Citándolos para que personalmente o por apoderado tomen intervención en el Juicio Administrativo de Responsabilidad, dándoseles vista de lo actuado para que en el término de quince 15 días efectúen los descargos y ofrezcan las pruebas que hacen a su derecho conforme lo dispone el Art. 113, inc. c de la Ley 2141/95, bajo apercibimiento de continuarse el trámite del presente según su estado, sin retrotraer sus etapas, quedando firme y consentido su contenido.-Al mismo tiempo, se hace saber que deberán estarse a lo dispuesto en el Art. 106
de la Ley 2141/95 que transcripto textualmente dice: El domicilio legal de los responsables ante el Tribunal de Cuentas será el de la repartición del Estado a la que pertenezca, o a través de la cual haya surgido su obligación de rendir cuentas o su responsabilidad, salvo que el responsable denuncie otro a satisfacción del Tribunal. En caso de baja del agente responsable, todas las comunicaciones, notificaciones o citaciones deberán practicarse en el domicilio real del mismo. El domicilio legal de los agentes de haciendas paraestatales será el de las entidades de derecho privado correspondiente. Cuando se ignore el domicilio del responsable o no sea posible lograr aviso de su notificación, la misma deberá practicarse mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial.- En caso de cambio del domicilio constituido ante este Tribunal,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/2/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha24/02/2006

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1318

Primera edición12/01/2001

Ultima edición08/07/2024

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