Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/6/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 24 de junio de 2005

BOLETIN OFICIAL

ral y de Minería de la III Circunscripción s/Asunción Jurisdicción. Visto y Considerando: La necesidad de poner en funcionamiento la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, creada por el Artículo 23 de la Ley 2475, lo establecido en el Artículo 35 de la misma y 34
inc. h de la Ley 1436, Orgánica del Poder Judicial, de conformidad Fiscal, se Resuelve: 1
Fíjase el día 15 de junio del corriente año, para la asunción de jurisdicción de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, creada en Zapala, por el Artículo 23 de la Ley 2475, que tendrá competencia, además de las fijadas en la mencionada norma, en la II y IV Circunscripción Judicial, hasta la puesta en funcionamiento de las Cámaras creadas por los Artículos 18 y 31 de la misma normativa. 2 La Cámara Civil, Comercial, Laboral y de Minería estará integrada con los Doctores Eduardo Vicente Sages y Héctor Luis Manchini. 3 Disponer que el Secretario, Prosecretario y empleados que se encuentran afectados actualmente a la Secretaría Civil de la Cámara de Todos los Fueros de Zapala, pasen a desempeñar funciones en el Organismo implementado precedentemente. 4
La Cámara Civil ejercerá la Superintendencia de todos los Organismos del Fuero de la II, III, IV y V
Circunscripción Judicial. 5 Notifíquese. Hágase saber a la Honorable Legislatura Provincial y a los Colegios de Abogados. Publíquese en el Boletín Oficial. Cúmplase. Fdo. Dres. Roberto Omar Fernández. Presidente; Jorge O. Sommariva, Eduardo J. Badano, Ricardo T. Kohon y Eduardo Felipe Cia-Vocales; Alberto M. TribugFiscal; Alejandro T. GavernetDefensor; ante mí Dra. Carmen A. FunesSecretaria de Superintendencia.
Es copia. Secretaría, 15 de junio de 2005. Fdo.
Dra. Carmen Funes, Secretaria.
1p 24-06-05


Testimonio Acuerdo N3889. Fecha 08 de junio de 2005. XXII. Cámara en lo Criminal de la III
Circunscripción Judicial s/Asunción de Jurisdicción: Visto y Considerando: Lo dispuesto precedentemente y la necesidad de poner en funcionamiento la Cámara de Apelaciones en lo Criminal, creada por el Artículo 21 de la Ley 2475, lo establecido en el Artículo 35 de la misma y 34 inc. h de la Ley 1436, Orgánica del Poder Judicial, de
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conformidad Fiscal, se Resuelve: 1 Fíjase el día 15 de junio del corriente año, para la asunción de jurisdicción de la Cámara en lo Criminal creada en Zapala, por el Artículo 21 de la Ley 2475, que tendrá competencia, además de las fijadas por la normativa mencionada, en la II y IV Circunscripción Judicial, hasta la puesta en funcionamiento de las Cámaras creadas por los Artículos 18 y 31
de la misma normativa. 2 La Cámara en lo Criminal estará integrada por los Doctores Enrique Luis Modina, Víctor Hugo Martínez y Oscar Antonio Rodeiro. 3 Disponer que el Secretario, Prosecretario y empleados que se encuentran afectados actualmente a la Secretaría Penal de la Cámara de Todos los Fueros de Zapala, pasen a desempeñar funciones en el Organismo implementado precedentemente. 4 La Cámara en lo Criminal ejercerá la Superintendencia de todos los Organismos del Fuero de la II, III, IV y V
Circunscripción Judicial. 5 Facultar al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, cuando las necesidades del servicio así lo requieran, para disponer el nombramiento y distribución del personal correspondiente, en los Organismos que se ponen en funcionamiento por el presente Acuerdo. 6 Notifíquese. Hágase saber a la Honorable Legislatura Provincial y a los Colegios de Abogados. Publíquese en el Boletín Oficial. Cúmplase.
Fdo. Dres. Roberto Omar FernandezPresidente;
Jorge O. Sommariva, Eduardo J. Badano, Ricardo T. Kohon y Eduardo Felipe Cia-Vocales; Alberto M. TribugFiscal; Alejandro T. GavernetDefensor; ante mí Dra. Carmen A.Funes. Secretaria de Superintendencia. Es copia. Secretaría, 15 de junio de 2005. Fdo. Dra. Carmen Funes, Secretaria.
1p 24-06-05


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería N 4, Secretaría Única de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, hace saber que en los autos caratulados: Cónsoli S.A.C.I.F.A.T.Y.M s/Quiebra, Expte. N 232609/99, se ha resuelto decretar la quiebra de Cónsoli S.A.C.I.F.A.T.Y.M., con domicilio en calle Expedicionarios del Desierto y Paraguay de la ciudad de Centenario, Provincia del Neuquén. Ordenar a quienes tengan bienes o documentos de la fallida, que los pongan a dis-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/6/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha24/06/2005

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1318

Primera edición12/01/2001

Ultima edición08/07/2024

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