Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 11/6/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 11 de junio de 2004

BOLETIN OFICIAL

PAGINA 39

Asesores Legales y Fiscal de Estadoy estando debidamente fundada la misma, considero procedente que quede establecido que la tasa a aplicar en el lapso que transcurre entre el hecho generador del perjuicio hasta la sentencia sea la tasa pasiva establecida por el Banco de la Provincia del Neuquén S.A. y desde la sentencia en adelante deberá aplicarse la tasa que prevé el art. 122 de la Ley 2141, es decir la que rigen las operaciones de descuentos de documentos del B.P.N S.A.. Así Voto. El señor Vocal Cr. Néstor A. Cucurullo dijo:
por compartir las consideraciones y conclusiones, emito mi voto en idéntico sentido. Mi Voto. El señor Vocal Cr. Dante A. Boselli dijo: por adherir en un todo a las argumentaciones propuestas, voto del mismo modo. Mi Voto. El señor Vocal Cr. Juan C. Pintado dijo: comparto las consideraciones efectuadas, y voto en el mismo sentido. Mi Voto. El señor Vocal Cr. Ángel A. Molia dijo: comparto las consideraciones y conclusiones expuestas, voto en idéntico modo. Mi Voto. de lo que surge el presente Acuerdo, el Tribunal de Cuentas constituido en plenario, delibera y por unanimidad Resuelve:
Artículo 1º: Aplicar la tasa de interés pasiva prevista por el Banco de la Provincia del Neuquén, desde que se produce el hecho generador de perjuicio fiscal hasta el dictado de la sentencia condenatoria que concluye el Juicio Administrativo de Responsabilidad, y a partir de la misma aplicar la tasa prevista por el art. 122 de la Ley 2141. Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sistema de Contratación: Ajuste Alzado por Precio Global.
Presupuesto Oficial: $ 2.173.483,10 dos millones ciento setenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres con 10/100.
Plazo de Ejecución: 240 doscientos cuarenta días corridos.
Valor del Pliego: $ 1.500,00 pesos un mil quinientos.
Fecha y Hora de Apertura: 6 de julio de 2004
a las 10:00 diez horas.
Lugar de Apertura: Piso 12 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, calle La Rioja 229, Neuquén Capital.
Venta de Pliegos: A partir del 18 de junio de 2004 y hasta el 30 de junio de 2004, en la Dirección General de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sita en Piso 3 de calle La Rioja N 229 de Neuquén Capital.
1p 11-06-04

LICITACIÓN

Artículo 1º: Autorízase al Poder Judicial, con carácter de excepción y hasta tanto se sancione la Ley de Presupuesto correspondiente al Ejercicio 2004, a incrementar hasta en treinta 30 cargos la planta de personal aprobada y autorizada por los artículos 8º y 9º respectivamente, de la Ley 2336.
Artículo 2º: El Tribunal Superior de Justicia determinará la jerarquía y categoría programática de los cargos que cree en uso de la facultad conferida en el artículo precedente, con comunicación a la Honorable Legislatura Provincial, los que serán imputados al Presupuesto del Poder Judicial.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los trece días de mayo de dos mil cuatro.

PROVINCIA DEL NEUQUÉN
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS
Licitación Pública N 20/04
Obra: Gimnasio Escuela Primaria N 2 - Neuquén Capital.

LEYES DE LA PROVINCIA
LEY 2458
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 11/6/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha11/06/2004

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1316

Primera edición12/01/2001

Ultima edición02/07/2024

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