Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/9/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 26 de Septiembre de 2023

BOLETIN OFICIAL

Secretaría de Tierras Edicto de Expropiación - Ley 8.244
La Secretaría de Tierras, comunica que por autos Expte.
N G02-00429-9-20, caratulados: Pintos Julio Francisco s/Regularización Dominial de inmueble ubicado al Este de esta ciudad Capital, Ruta Nacional 38, se dictó Resolución de Expropiación N 615 de fecha 13 de septiembre de 2023, a los efectos del Saneamiento y/o Regularización Dominial sobre el inmueble ubicado en esta ciudad Capital de La Rioja, comprendido dentro del Plano de Mensura para Regularización Dominial Art. 25 - Dcto. 118 - Ratificado por Ley N 8.244, aprobado técnicamente por la Dirección Provincial de Catastro, Disposición N 025699, de fecha 07 de junio de 2022, individualizado con la siguiente Nomenclatura Catastral:
Departamento: 01; Circunscripción: I; Sección: H; Manzana:
379; Parcela: 120; Superficie Total: 2 ha 5980,26 m2; e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, Sección Planos, bajo el Tomo 137, Folio 18, con fecha 09 de agosto de 2023. Quedando comprendido dentro de los siguientes linderos generales: lindan al Norte con las parcelas 33 y 34; al Este con calle pública;
al Oeste con Eje Ruta Nacional N 38; al Sur con la manzana 250, parcelas 01 a la parcela 08, a continuación, hay una calle pública, y linda con la manzana 251, parcelas 01 a la parcela 11. Firmado: Sra. Secretaria de Tierras Esc. Irene Zárate Rivadera.
La Rioja, 13 de septiembre de 2023.
Irene Zárate Rivadera Secretaria de Tierras Nº 424 - S/c. - 22 al 29/09/2023

Secretaría de Tierras Edicto de Expropiación - Ley 8.244
La Secretaría de Tierras, comunica que por autos Expte.
N G02-00829-9-22, caratulados: Juárez, María Juliana y Juárez, María Eugenia s/Escrituración de Inmueble ubicado en barrio Ramírez de Velazco Dpto. Capital, se dictó Resolución de Expropiación N 630 de fecha 19 de setiembre de 2023, a los efectos del Saneamiento y/o Regularización Dominial sobre el inmueble comprendido dentro del Plano de Mensura para Regularización Dominial Ley N 8.244, Art. 25 - Dcto. 118 ratificado en Ley N 8.244, aprobado técnicamente por la Dirección Provincial de Catastro, Disposición N 026659, de fecha 30 de julio de 2023, individualizado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Departamento: 01; Circunscripción: I;
Sección: D; Manzana: 129; Parcela: 25; Superficie Total: 362,70
m2; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, Sección Planos, bajo el Tomo 138, Folio 63, con fecha 14 de setiembre de 2023. Quedando comprendido dentro de los siguientes linderos generales: lindan al Norte con calle Dra. A. Stelzner; al Sur con la parcela g; al Este con calle Juan Olsacher; al Oeste con la parcela e. Firmado: Sra. Secretaria de Tierras Esc. Irene Zárate Rivadera.
La Rioja, 19 de setiembre de 2023.
Irene Zárate Rivadera Secretaria de Tierras Nº 425 - S/c. - 22 al 29/09/2023

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Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de La Rioja Ley Provincial N 7.719/04
RESOLUCIÓN CONSEJO DIRECTIVO N 002
La Rioja, 21 de agosto de 2023
Visto: Lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria desarrollada el día 17 de agosto del año 2023 en lo que respecta al monto en concepto de arancel mensual de la matrícula, el valor de la inscripción de la matrícula y la rematriculación;
Y Considerando:
Que de conformidad al Art. 23 inc. g de la Ley Provincial N 7.719 y lo dispuesto -de manera unánimepor la Asamblea Ordinaria de matriculados desarrollada el día 17-082023 corresponde establecer los montos que deberán abonar, todos los matriculados, a partir de 01-08-2023 en concepto de arancel mensual de la matrícula, el valor de la inscripción de la matrícula y la rematriculación.
Que la Ley Provincial N 7.719 establece que, para la inscripción de la matrícula se debe abonar el arancel que fije el Colegio de Farmacéuticos Cfr. Art. 4 de la norma.
Que, además, el Art. 23 inc. g de la citada norma prescribe: Corresponde al Consejo Directivo: Fijar dentro de los límites que establezca la Asamblea, el monto y la forma de percepción del arancel de la matrícula y de los aportes al régimen de previsión social al que se pudiera acceder si correspondiera.
En ese sentido, la Asamblea desarrollada el día 17-082023, en el marco del contexto inflacionario por el que atraviesa el país lo que repercute, directamente, en el patrimonio de la institución y compromete las obligaciones que sobre ella pesan, corresponde determinar los montos que se deberán abonar en concepto de arancel mensual de la matrícula y los que se deberán abonar al tiempo de requerir la matriculación y la rematriculación.
De ese modo, resulta razonable, conforme fuera determinado -por unanimidadpor los matriculados en la Asamblea antes aludida, determinar que, en concepto de pago mensual de matrícula se abonará el equivalente al 1% de lo que por todo concepto -incluidos los montos no remunerativosperciban los matriculados en concepto de bloqueo de título conforme Convenio Colectivo de Trabajo N 659/13.
Que el monto que deberá abonarse al tiempo de requerir la matrícula es el equivalente al 100% de lo que, por todo concepto -incluidos los montos no remunerativosperciban los matriculados en concepto de bloqueo de título conforme Convenio Colectivo de Trabajo N 659/13.
Que el monto que deberá abonarse al tiempo de requerir la rematriculación es el equivalente al 50% de lo que, por todo concepto -incluidos los montos no remunerativosperciban los matriculados en concepto de bloqueo de título conforme Convenio Colectivo de Trabajo N 659/13.
Que, los montos antes aludidos variarán conforme los acuerdos salariales que se alcancen evitando, de ese modo, que la institución padezca situaciones de descapitalización por inflación.
Que, a los fines de garantizar la publicidad del presente acto y el conocimiento que deben tener los profesionales ya matriculados y aquellos que deseen hacerlo en esta institución, corresponde publicar, la presente resolución, en el Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja y en un diario de circulación provincial. Ambas publicaciones por un día.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha26/09/2023

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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