Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/10/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 26

BOLETIN OFICIAL

Muebles: Tres tractores MF Modelo 283/2, Dominios AID-19, AID-20, AID-17; Tractor MF Modelo 1485, Nº de Chasis 69097, Nº de Motor SC 8809B671999L, Modelo 2000;
Tractor MF Modelo 265, Nº de Chasis 484795M3, Nº de Motor LD8821B3787190U, Modelo 1992; Tractor AGCO
ALLIS, Modelo 6.80, Nº de Chasis AAAT2004LAM00290, Nº de Motor 320DSEX, Modelo 1992; Tractor AGCO ALLIS
Modelo 6.80, Nº de Chasis AAAT2004NAM00744, Nº de Motor 320DSEX95754, Modelo 2010; Tractor JOHN DEERE
Modelo 1420, Nº de Chasis 003644J, Nº de Motor DT32339, Modelo 1974, Tractor MF Modelo 150, Nº de Chasis 485304
MI, Nº de Motor TA3106521, Modelo 1974; Tractor MF
Modelo 1485, Nº de Chasis U84118D, Nº de Motor LF131141, Modelo 1997; Tractor MF Modelo 290, Nº Chasis C-70280065-0, Nº de Motor SC8809B614502-G, Modelo 2002; Tractor MF Modelo 209, Nº de Chasis C-70280065-2, Nº de Motor SC8809B614257-G, Modelo 2002; Tractor MF
Modelo 265, Nº de Chasis C-70280065-1, Nº de Motor LO68129666900L, Modelo 2005; Tractor AGCO ALLIS
Modelo 6.80, Nº de Chasis AAA2004HAN000291, Nº de Motor 320DSEX86130, Modelo 2010; Tractor AGCO ALLIS
Modelo 6.80, Nº de Chasis AAA2004JAN000266, Nº de Motor 320DSEX86035, Modelo 2010; Tractor AGSO ALLIS
Modelo 6.80, Nº de Chasis AAA2004FAN000745, Nº de Motor 320DSEX95759, Modelo 2010; Moto Marca Gilera Modelo SMX 200, Dominio 647 GGM; Moto Marca Gilera Modelo SMX 200, Dominio 648 GGM; Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G-000824, Nº de Motor LF165ML92004772, Modelo 2008; Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G000557, Nº de Motor LF163FML92004976, Modelo 2009;
Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G-000734, Nº de Motor LF163FML92005154, Modelo 2009; Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G-000276;
Nº de Motor LF163FML08117970, Modelo 2009; Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G-000672, Nº de Motor LF163FML92004827, Modelo 2009; Moto Marca Gilera Modelo 200 Cross, Nº de Chasis SEGSMX2009-G-000514, Nº de Motor LF163FML92005070, Modelo 2010; Automotor Marca Mercedes Benz Modelo 560
SEC Coupe dos puertas, Dominio STW 865; Automotor Marca Renault Modelo Trafic Largo Diesel, año 1997, Dominio BGZ 097. Por su parte el señor Julio Luis Zeballos en nombre y representación de Rehilete S.A. manifiesta que son de Propiedad de su representada los siguientes Bienes Inmuebles: Lotes de terreno ubicados en la localidad de Nonogasta del departamento Chilecito, con su correspondiente derecho de agua para regadío, a saber: 1 Una fracción de campo ubicada en barrio Las Flores, con una superficie de treinta hectáreas siete mil ochocientos cuarenta y seis metros cuadrados; Parcela 07-48-02-094, Padrón 7-01780 al 7-01786
Dominio 126, Folio 171, Año 1949 adquirido por boleto de compraventa de fecha 06 de abril de 2009; 2 Una fracción de campo ubicada en el barrio Las Flores, con una superficie aproximada de veinte hectáreas; Parcela 07-48-02-094 Padrón 7-01780 al 7-01786 Dominio 126 Folio 171 Año 1949, adquirido por boleto de compraventa de fecha 17 de julio de 2008; 3 Tres fracciones de campo ubicadas en el distrito Guanchín del departamento Chilecito, todas con su correspondiente derecho de agua para regadío, que miden: a Dos mil ochocientos un metros con dos decímetros cuadrados, destinada a estanque de agua de la propiedad; b Nueve hectáreas nueve mil cuatrocientos veintiocho metros cuadrados; c Veintinueve hectáreas nueve mil ciento setenta
Martes 30 de octubre de 2012

metros con diez decímetros cuadrados; con dos pozos en concesión de agua, Inscriptas en el Registro General de la Propiedad en las Matrículas X-4774, X-6205 y X-6204, respectivamente, el 04 de agosto de 2009; 4 Los inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pertenecientes al Edificio Terrazas Puerto Madero, construido en el inmueble ubicado con frente a la calle Juana Manso Nº 1606, 1626, 1636, 1646, 1656, 1666, 1676, 1686 y 1696, esquina Encarnación Ezcurra s/n, esquina calle Aime Paine s/n y esquina Boulevar Rosario Vera Peñaloza Nº 420, 430, 440, 450, 460 y 480, designados de la siguiente forma: a Unidad funcional 346 designación interna 805 con una superficie total de cincuenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados del sector Los Alerces; b Unidad funcional 347 designación interna 806 con una superficie total de cincuenta y tres metros con noventa y siete decímetros cuadrados del sector Los Tilos; c Unidad funcional 400
designación interna 804 con una superficie total de ochenta y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados del sector Los Tilos; d Unidad funcional 401 designación interna 805 con una superficie total de cincuenta y nueve metros con sesenta y dos decímetros cuadrados del sector Los Tilos; y los siguientes Bienes Muebles: 1 Automotor Marca Mercedes Benz, Modelo ML 500 4MATIC, Dominio IYV
066; 2 Automotor Marca Peugeot, Modelo Partner, Dominio HTD 122. Continúan manifestando los señores Jorge Raúl Nazar y Julio Luis Zeballos, siempre en el carácter invocado, que el dominio y los derechos sobre los inmuebles y muebles antes relacionados subsisten y que no se encuentran sus representadas inhibidas para disponer de sus bienes, omitiéndose a su pedido la solicitud del correspondiente Certificado al Registro General y liberando al infrascripto de toda responsabilidad en tal sentido. Asimismo, el señor Presidente de Coralino S.A manifiesta que oportunamente ha realizado el reconocimiento del domicilio de los inmuebles de propiedad de las sociedades absorbentes antes descriptos y presta su total conformidad respecto de ellos. Séptimo: Que de común acuerdo, y al solo efecto aclaratorio, se deja expresa constancia que de acuerdo a lo establecido por el Tercer Párrafo del Artículo 105 del Decreto Reglamentario y del Artículo 77 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, se determina que el día 01 de febrero queda establecido como la fecha de la reorganización, comenzando por parte de la sociedad absorbente Coralino S.A. las actividades que desarrollaban las sociedades absorbidas. Octavo: Que se confieren mutuo Poder Especial para que actuando en forma conjunta, separada y/o indistinta el uno en defecto del otro, realicen todos los trámites y gestiones que fueren necesarios para obtener la conformidad de la presente por ante la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio, contando a esos fines con las más amplias facultades, inclusive para aceptar o proponer modificaciones a esta escritura, firmar escrituras públicas, suscribir declaraciones juradas y toda clase de escritos públicos o privados.
Atestaciones Notariales: Yo Escribano autorizante, hago constar que agrego a la presente: 1 Fotocopias certificadas y debidamente legalizadas de todas las actas transcriptas; 2
Fotocopia de los Balances Especiales de cada una de las sociedades que se fusionan y el Balance Consolidado de la Sociedad Absorbente; 3 Copia de las publicaciones exigidas en el inciso 3 del Artículo 83 de la Ley 19.550; y 4 Procedo a retener la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil $ 150.000 en concepto de Impuesto de Sellos conforme la normativa provincial vigente, haciéndome entrega el señor Jorge Raúl

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/10/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha30/10/2012

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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