Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 24 de julio de 2012

BOLETIN OFICIAL

regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al SAF 120 - Dirección General de Administración de la Secretaría de Planeamiento Estratégico, de la suma de Pesos Siete Mil Quinientos $ 7.500.00, a través de un anticipo de fondos - Formulario C42 - Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para ser destinados a la adquisición de equipamiento informático y mobiliario destinado al Proyecto Mapeo de la Provincia de La Rioja y sus Regiones.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Articulo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

DECRETOS AÑO 2011
DECRETO Nº 069

Pág. 3

Gobernación, de la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, a través de un anticipo de fondos - Formulario C42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a hacer frente a las erogaciones que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley N 6425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción .
Artículo 3º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

DECRETO Nº 072
La Rioja, 13 de diciembre de 2011
Visto: la presentación realizada por la Secretaría de Representación Institucional mediante la cual solicita la transferencia a Casa de La Rioja en Buenos Aires, de la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil $ 650.000,00; y,
La Rioja, 13 de diciembre de 2011
Visto: el Expediente Código Hl N 17.463-2-11, que contiene la presentación realizada por la Secretaría General y Legal de la Gobernación solicitando asistencia financiera, y, Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de hacer frente a las erogaciones que demanda la atención de los múltiples trámites que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma y con el destino antes señalados, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley N 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N 110 - Dirección General de Administración de la Secretaría General y Legal de la
Considerando:
Que, los recursos aludidos fueron girados a la Provincia por el Ministerio del Interior, a fin de ser entregados a la Fundación María de los Angeles, a cargo de la señora Susana Trimarco.
Que dichos recursos corresponden a Aportes del Tesoro Nacional con el destino antes señalado, obrando la Secretaría peticionante como nexo entre la Provincia y la Fundación por lo que es propósito hacer lugar a lo solicitado.
Que, a efectos de la entrega en forma inmediata de los fondos en cuestión, procede autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración de la suma antes consignada mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria con el destino antes señalado, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial,EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. Nº 910- Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administraciónde la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil $ 650.000,00, a través de un anticipo de fondos Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para ser destinados a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha24/07/2012

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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