Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/6/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 23 de junio de 2009

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
condiciones:
Cláusula Primera: Finalidad. Con motivo de la proximidad del inicio de la Vendimia 2009 y en razón de la inquietud que surge de la realidad que vive el sector productivo de la provincia de La Rioja, que hace necesaria una toma de decisiones para fortalecer una actividad que genera recursos genuinos y lograr sustentar el precio para la uva, se resuelve en el marco del Acta Acuerdo de Cooperación firmada por las partes supra citadas, proceder a solicitar al Gobierno de la Provincia que promueva la producción de Mosto, para que de esta manera se posibilite lograr una mejor salida al producto local en cuanto a la posibilidad de obtener un precio más favorable en un mecanismo de pago ágil, lo cual atenuaría la necesidad financiera de los productores.
Cláusula Segunda: Instrumentación.
a Aprobada la asignación de fondos por parte del gobierno provincial, los mismos serán entregados a C.A.R.P.A., quien actuará en calidad de Unidad Ejecutora del Operativo Mosto.
b Al efecto de la organización de dicho Operativo se establecerá un reglamento interno que formalice los mecanismos y se determinará una comisión interna integrada por C.A.R.P.A., la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales y la Secretaría de Desarrollo Local del Gobierno de la Provincia de La Rioja quien prestará funciones de colaboración, asesoramiento y participación de acuerdo a sus competencias y facultades dirigiendo su accionar conforme lo establecido en la presente y anexos correspondientes.
Asimismo, será la Secretaría de Desarrollo Local la responsable de evaluar el cumplimiento de los requisitos que se le se exigirán a quienes se incorporen a este mecanismo.
c Finalizado el operativo, C.A.R.P.A. deberá formalizar ante el Gobierno Provincial la rendición de los fondos asignados.
En prueba de conformidad, se firman tres 3
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad Capital de la Rioja, en lugar y fecha arriba indicados.
Dn. Andrés Osvaldo Torrens Secretario de Desarrollo Local
Dr. Luis Beder Herrera Gobernador
Ing. Agrimensor Jorge Mario Ortiz
Ing. Oscar Edgardo Presidente C.A.R.P.A.

Secretario de Agricultura y Recursos Naturales
LEY AUTOPROMULGADA

DECRETOS AÑO 2008
DECRETO Nº 2.405
La Rioja, 23 de diciembre de 2008
Visto: el Decreto FEP Nº 2.362 de fecha 11 de diciembre de 2008.
Considerando:
Que en el mencionado acto administrativo, se ha producido un error material e involuntario por la omisión de incorporar el Anexo I, del referido decreto.
Que es necesario dictar el acto administrativo de rigor, a los fines de ser incorporado el Anexo I.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Incorpórase como Anexo I del presente acto administrativo, en el Decreto de la FEP Nº 2.362 de fecha 11 de diciembre de 2008.
Artículo 2º- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Hacienda, de Producción y Desarrollo Local, Secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por el señor Secretario de Agricultura y Recursos Naturales.
Artículo 3º- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Tineo, J.H., M.I. a/c M.P. y D.L. - Brizuela, L.A.N., S.G. y L.G. Ortíz, J.M., S.G. y R.N.
Unidad Provincial de Ejecución del PRODERNOA
Competencias Su responsabilidad primaria es la ejecución del Programa en las provincias. En función de esto, es competencia del Coordinador Provincial:
La implementación de los componentes del Programa a nivel provincial dando cumplimiento a sus objetivos y metas, y aplicando sus metodologías de trabajo.
La administración y el control financiero de los fondos del Programa en su provincia.
La planificación, el seguimiento y la evaluación participativos del conjunto del Programa en la provincia.
La coordinación con otros programas y proyectos que se ejecuten en la provincia.
La suscripción de parte de los contratos y adquisiciones del Programa en su provincia.
Coordinador Técnico Suplantar al Coordinador provincial, cuando este se encuentre impedido, en la representación institucional del Programa ante organismos públicos, privados, provinciales, nacionales e internacionales y ante representantes del sector.
Promocionar y difundir la peculiaridad del accionar del Programa, objetivos, estrategias y metodologías, ante funcionarios públicos de otras reparticiones provinciales, instituciones descentralizadas, líderes campesinos y profesionales del sector.
Participar en la selección del personal técnico y administrativo de la UPE.
Apoyar a los responsables de los componentes de la UPE, en la definición de las estrategias y metodologías de trabajo para la ejecución de los respectivos componentes y supervisar directamente la gestión de los integrantes del equipo de trabajo de la UPE.
Coordinar y supervisar el diseño organizacional, de procedimientos, de informes y registros y soporte de computación que se elabore para el funcionamiento de la UPE
así como el apoyo a los responsables provinciales de los componentes en la elaboración de los respectivos planes operativos anuales, supervisar el trabajo de los responsables y técnicos de la UPE en sus tareas de apoyo a los técnicos de campo que integran el programa, como también colaborar en la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/6/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha23/06/2009

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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