Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/11/2008

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 04 de noviembre de 2008

BOLETIN OFICIAL

programas y proyectos que se desprenden de aquellos, conforme a directivas de la Función Ejecutiva.
b Dirigir el proceso previo al dictado de los actos administrativos emanados de la Función Ejecutiva evaluando su aptitud legal y técnica, tanto en los aspectos sustantivos como formales.
c Dirigir el proceso de protocolización y formulación notarial de los actos administrativos de la Función Ejecutiva y del Gabinete Provincial, difundiendo y controlando el cumplimiento de los mismos.
d Articular y optimizar la relación jurídica-institucional de la Función Ejecutiva con las otras funciones del Estado con el objetivo de producir la legislación necesaria para el cumplimiento de los objetivos del gobierno de la provincia.
e Dirigir, centralizar y mantener actualizado el Digesto y el Registro Oficial de la normativa provincial, celebrando convenios con entidades públicas o privadas que permitan el acceso compartido a las bases informatizadas de legislación a nivel nacional, provincial y municipal.
f Representar a la provincia en el Consejo Federal de la Función Pública y definir las representaciones de la provincia a nivel nacional y provincial, coordinando la gestión con los distintos Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y áreas competentes.
g Dirigir el Sistema Radioeléctrico y de Radiodifusión en el ámbito provincial y como integrante de la Red Presidencial de la Nación.
h Entender en la administración de la Imprenta Oficial y la publicación del Boletín Oficial y otros impresos de interés para la Administración Pública Provincial y la comunidad, cuando lo estime pertinente la Función Ejecutiva.
i Entender en todo lo relacionado con la seguridad del Gobernador de la Provincia y su transporte terrestre o aéreo, interviniendo en la prestación de los servicios generales de la Casa de Gobierno y residencias del Gobernador.
j Dirigir la Secretaría Privada y áreas de despacho del Gobernador de la Provincia, administrando las relaciones públicas necesarias para el adecuado funcionamiento del Gobierno Provincial.
k Dirigir y coordinar las acciones de ceremonial y protocolo actuando como organismo ejecutor de las audiencias y giras que mantenga o realice la Función Ejecutiva.
l Promover la actualización de la normativa, de los procesos administrativos y técnicos en el área de su competencia, a efectos de incrementar la eficacia y la eficiencia operativa.
m Entender en la administración, conservación, mantenimiento y asignación de áreas en los edificios públicos donde presta servicios el Gobernador casa de gobierno y residencias oficiales y en materia de telefonía y otros servicios.
n Coordinar con la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado la gestión y el tratamiento de los asuntos jurídicos que corresponda.
o Intervenir en materia de las políticas provinciales de gestión pública, modernización y racionalización del aparato administrativo del Gobierno Provincial.
p Diseñar y proponer políticas en materia de administración de recursos humanos, carrera administrativa y regímenes de empleo público, conforme a las directivas de la Función Ejecutiva.
q Entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política de modernización del Estado y asistir al Gobernador en la determinación de los lineamientos estratégicos y las normas reglamentarias en la materia.
r Entender en el diseño de la macroestructura de la Administración Pública Provincial, el proceso de mejora y aprobación de sus estructuras organizativas, impulsando su desarrollo, mejora e implementación.
s Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de contrataciones del sector público provincial.

Pág. 3

t Entender en el diseño, implementación y monitoreo de programas que propendan a la mejora de los servicios al ciudadano, como así también aquellos que fomenten la transparencia y accesibilidad con la gestión de gobierno.
u Entender en el diseño e implementación de las políticas de capacitación y entrenamiento para el personal de la Administración Pública y lo relativo al diseño, creación y desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno.
v Promover la realización de estudios e investigaciones que contribuyan al conocimiento de la Administración Pública y el Estado.
w Entender en la formulación de programas de asistencia a organismos públicos y organizaciones no gubernamentales que lo requieran, que tengan por objeto la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de la calidad de sus servicios y la incorporación de nuevas tecnologías de información.
x Entender en la administración y coordinación de la Red Telemática Provincial de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios.
y Entender en la definición de estrategias sobre tecnologías de información, comunicaciones y otros sistemas electrónicos de tratamiento de datos en la Administración Pública Provincial.
z Entender en la planificación e implementación del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, coordinando con organismos nacionales, provinciales y municipales.
Artículo 3.- La Subsecretaría de Prensa y Difusión, creada por Decreto de la F.E.P. 83/07 bajo dependencia directa de la Secretaría General y Legal Art. 6, tendrá las siguientes competencias:
a Entender en el diseño, formulación, ejecución y control de la política de comunicación social del Gobierno de la Provincia.
b Difundir la actividad de la Función Ejecutiva y sus áreas de dependencia.
c Promover la relación permanente de la Función Ejecutiva con el periodismo provincial, nacional e internacional.
d Coadyuvar en el asesoramiento comunicacional a los Ministros y Secretarios de la Función Ejecutiva.
e Efectuar la difusión de los actos del Gobierno Provincial, definiendo la imagen de la Provincia en el ámbito interno y externo.
f Promover el perfeccionamiento y capacitación permanente de los recursos humanos de la Subsecretaría de Prensa y Difusión.
g Entender y efectuar la contratación de la publicidad oficial.
h Asistir al Secretario en todos los temas que éste indique, relacionados con la información pública del Gobierno Provincial.
Artículo 4.- Créanse bajo dependencia directa de la Subsecretaría de Prensa y Difusión, las siguientes unidades administrativas:
La Dirección General de Prensa y su respectivo cargo de Funcionario No Escalafonado de Director General de Prensa.
La Dirección General de Gestión de Medios y su respectivo cargo de Funcionario No Escalafonado de Director General de Gestión de Medios.
Artículo 5º.- El Director General de Prensa, tendrá las siguientes competencias:
a Entender en la producción de la información publica emanada de todas las áreas del Gobierno Provincial.
b Participar en la planificación y elaboración del proyecto de comunicación de la Subsecretaría y de sus organismos dependientes.
c Entender en la conducción y la organización de la estructura periodística oficial y supervisar su adecuado funcionamiento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/11/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha04/11/2008

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2008>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30