Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/10/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 12 de octubre de 2007

BOLETIN OFICIAL

Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Pág. 3

DECRETO Nº 2.333
La Rioja, 24 de setiembre de 2007

Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P., a/c J.G.M. - Guerra, R.A., S.H.

Visto: el Expte. Código 19-Nº 00086-5-Año 2007, a través del cual la Agencia Provincial de la Juventud, dependiente del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, solicita asistencia financiera; y,-

DECRETO Nº 2.332
La Rioja, 24 de setiembre de 2007
Visto: el Expte. Código G72-Nº 00274-3-Año 2007, mediante el cual la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales pone en conocimiento del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas la necesidad de aportes financieros, yConsiderando:
Que los fondos requeridos, que alcanzan la suma de Pesos Doscientos Veinticuatro Mil Dos $ 224.002,00, serán destinados al Programa Olivícola 2007, Proyecto Sanidad del Olivo, para la aplicación del azufre en las plantas, que incluyen las erogaciones emergentes de esta operación, no contando el Organismo con crédito presupuestario para atender las erogaciones.
Que a los efectos de operativizar el programa mencionado, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales, de la suma y con el destino antes señalados, mediante la emisión de un Formulario C-42
Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley Nº 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al S.A.F. Nº 120-Servicio de Administración Financiera de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales, de la suma de Pesos Doscientos Veinticuatro Mil Dos $ 224.002,00, a través de un anticipo de fondos -Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, con destino al Programa Olivícola 2007, Proyecto Sanidad del Olivo, para la aplicación del azufre en las plantas, que incluyen las erogaciones emergentes de esta operación, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley Nº 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Guerra, R.A., S.H.

Considerando:
Que el Organismo de mención pone de manifiesto la necesidad de dar continuidad del Proyecto Fotocopiadora Social, correspondiente al mes de agosto/07, para lo cual solicita la suma de Pesos Nueve Mil Setecientos Setenta y Uno con Noventa Centavos $ 9.771,90, por no contar crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, de la suma y con destino antes señalado, mediante la emisión de un Formulario C-42
Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley Nº 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al S.A.F. Nº 140 Servicio de Administración Financiera del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, con destino a la Agencia Provincial de la Juventud, de la suma de Pesos Nueve Mil Setecientos Setenta y Uno con Noventa Centavos $ 9.771,90, a través de un anticipo de fondos, Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, correspondiente al mes de agosto/07, que será utilizado por dar continuidad al Programa Fotocopiadora Social, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley Nº 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Guerra, R.A., S.H.

DECRETO Nº 2.335
La Rioja, 24 de setiembre de 2007
Visto: el Expte. Código: E1-Nº 2261/0 - Año 2007, a través del cual la señora María Vicente Matallana Sánchez,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/10/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha12/10/2007

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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