Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/9/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 18

BOLETIN OFICIAL

sociedad y su gobierno. Formulada en una actualizada vinculación interactiva entre el Estado y los ciudadanos, con cumplimiento absoluto de la voluntad popular, pluralidad de ideas y toda práctica política, respetando la soberanía del pueblo, quien la ejerce a través de su voluntad en las prácticas políticas ajustadas al sistema republicano, representativo y federal.
Respeto absoluto a la vigencia plena del estado de derecho y el orden jurídico vigente, permitiendo el pleno ejercicio de los derechos y deberes de todos y cada uno de los ciudadanos que establecen las leyes en la Constitución Nacional y Provincial y Ley Orgánica Municipal.
Rechazo total a la intolerancia, la violencia y a la inmoralidad pública, respeto irrestricto de los derechos humanos y valoración del hombre como entidad individual y miembro del cuerpo comunitario.
Desarrollo de las economías regionales, inspirados únicamente en nuestros intereses, conducidos por nuestros hombres o nuestros órganos de gobierno en representación de nuestra comuna.
Afirmación permanente de la Soberanía Nacional y de la Autonomía Provincial y Municipal, valores éstos que comprenden el resguardo de la integridad territorial, la defensa de la cultura nacional, ante la propensión de todo poderío material que pretenda avasallar los conceptos inicialmente mencionados.
Valorar el derecho a una educación sistemática, gratuita y adecuada con el solo fin de elevar la cultura de todos los habitantes de nuestro querido departamento de la provincia de La Rioja, y garantizar la educación bajo la absoluta convicción que es la única vía para generar igualdad de oportunidades y de revertir el dinamismo de la pobreza creciente.
Mantener el respeto y plena vigencia de los derechos de los niños y ancianos.
Derecho a una seguridad social, promoviendo todo espíritu y concepto de solidaridad social.
Reivindicación al accionar de la mujer en todos sus roles.
Resguardo al derecho a una cobertura satisfactoria y digna en salud física y moral en el ámbito de la salud, consideramos esencial garantizar una atención sanitaria de excelencia en hospitales públicos. Al igual que la atención hospitalaria para las personas de la tercera edad y con necesidades especiales.
Capacitación y formación de los jóvenes en el ámbito político, cultural, social y profesional, procurando que todas las inteligencias puedan orientarse hacia todas las direcciones del conocimiento y el mejor desempeño de funciones, como único modo de adecuarla a los valores de idoneidad y transparencia que requieren las necesidades de transformación profundas y perdurables.
Propiciar el derecho de los ciudadanos al bienestar, cuya expresión mínima se concreta en la posibilidad de disponer de una vivienda digna, indumentaria y alimentación adecuada para satisfacer sin angustias sus necesidades y la de su familia.
Promover la eficiencia administrativa, la calidad legislativa y resguardar el equilibrio y la independencia de los poderes que le competen al Municipio Departamental.
Fomentar las investigaciones y el desarrollo para el logro del bienestar social, el crecimiento económico y la autosustentabilidad productiva. Reconocer a Dios como fuente de toda razón y justicia, en concordancia a lo versado en nuestra Constitución Nacional.

Martes 11 de setiembre de 2007

Defensa del medio ambiente, pues al ser humano no se lo puede concebir independientemente de ese ámbito que el mismo ha creado para él y todos los seres que la circulan.
Propender a erradicar la cultura del asistencialismo mal entendido, generando condiciones que permitan afianzar la cultura del trabajo.
Respeto a las doctrinas sociales de los credos.
Libertad de prensa y opinión.
El trabajo de esta Agrupación Política Comunal Movimiento Popular debe estar inexorablemente dirigido a lograr estos objetivos, en la búsqueda permanente del bienestar y la felicidad del pueblo a través de una distribución más equitativa de los ingresos, sobrepasando cualquier valladar que se interponga o que pretenda obstaculizarlo.
Si se trabaja pensando en lo mejor, con una enorme convicción de lograrlo, basado en la fe y en la lucha, habremos cumplido con los principios esenciales de la justicia social.
La Agrupación Movimiento Popular propone, en definitiva, un proyecto político que sustente alentar el porvenir de nuestro querido departamento Chilecito de la provincia de La Rioja, el cual depende sustancialmente del esfuerzo y voluntad de todos, quienes nos sentimos consustanciados con el mejor futuro para los riojanos. Por nosotros y, fundamentalmente, por las generaciones venideras.
Secretaría, junio de 2007. Fdo. Proc. Teresita de la Vega Ferrari.
Proc. Teresita M. de la Vega Ferrari Secretaria Electoral - Provincia de La Rioja S/c. - $ 800,00 - 11/09/2007
EDICTOS DE MINAS
Edicto Manifestación de Descubrimiento Expte. N 37-M-2007. Titular: Minera Rodeo S.A.
Denominación: Santi 2. Departamento de Catastro Minero:
La Rioja, 07 de junio de 2007. Señor Director: La presente solicitud de manifestación de descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son:
X=6911616.36 Y=2524566.83 ha sido graficada en el departamento Vinchina de esta provincia. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 2500 ha 0087.43 m2, dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94:
Y=2523950.700
X=6913202.580, Y=2526340.370
X=6913202.580, Y=2526340.370
X=6910890.000, Y=2530970.000
X=6910890.000, Y=2530970.000
X=6908115.680, Y=2523950.700
X=6908115.680. La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6911616.36-2524566.83-13-10-M. Dirección General de Minería: La Rioja, 28 de junio de 2007. Visto: y Considerando: El Director de Minería Dispone: Artículo 1.- Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 53
del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60
días a quienes se consideren con derechos a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2.Inclúyase este registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/9/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha11/09/2007

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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