Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

BOLETIN OFICIAL

Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.
ANEXO

Considerando:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de este acto administrativo.

S.A.F. Nº 600 - Ministerio de Industria, Comercio y Empleo Expte. Cód G22 Nº 0846-0-06

22
1 1
22
2 4
TOTAL GENERAL

0
0

600
600

Disminuciones
15
0

Incrementos
FF

Conc.

600
600

Clase
0 0

Tipo
S.A.F.

60
60

Sbjur.

Jur.

Recursos
500.000,00
2.000.000,00
2.500.000,00

3

1

0

Disminuciones
4

Incremtos
SP

0 0
0 0
1401 560
TOTAL GENERAL

PA

OB

AC

PY

SP

PG

S.A.F.

0 600 1

P

1 60

Sbjur.

Jur.

Gastos
Ord.

Que la incorporación de recursos solicitados por el Servicio Administrativo serán destinados a equipar 60 Escuelas Rurales sin energía eléctrica convencional, mediante sistemas fotovoltaicos para el suministro de energía, financiados en un 80% a través del Convenio de Participación en el PERMER
Proyecto de Energías Renovables en el Mercado Rural, acuerdo firmado entre la Secretaría de Energía de la Nación, representado por el Ing. Daniel Cameron y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador de la Provincia, Dr. Angel Eduardo Maza, porcentaje que asciende a la suma de $ 2.000.000,00 - F.F. Nº 560.
Que el importe restante de los recursos que se incorporan por el servicio administrativo alcanzan la suma de $
500.000,00 - F.F. Nº 560, provenientes del Convenio celebrado en el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el Lic. Daniel Filmus y el Ministerio de Educación de la Provincia de La Rioja, representado por el Lic. Fabián Calderón, donde se establece en la Cláusula Segunda del citado Convenio, que dicho Ministerio reconocerá financieramente hasta el 20% del monto total del valor contratado para la adquisición, montaje, instalación de equipos e instalación eléctrica interna de los edificios escolares que resulten de la Licitación Pública a realizarse en esta provincia.
Que el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927, faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público, determinados en los Artículos 2º y 4º de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución Nº 01/06, Reglamentario de la Ley de Presupuesto Nº 7.927.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927 y 123 de la Constitución Provincial.

CED

Visto: el Expediente Código G22 Nº 0846-0-Año 2006 mediante el cual el Ministerio de Industria, Comercio y Empleo solicita incorporar al Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -Ley Nº 7.927-, Recursos y contrapartida de Gastos, por la suma de $ 2.500.000,00; y,
I

La Rioja, 09 de octubre de 2006

FF

DECRETO Nº 1.606

Artículo 3º.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establecido en el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Sbconc.

DECRETOS AÑO 2006

Martes 03 de abril de 2007

U.G.

Pág. 2

2.500.000,00
2.500.000,00

DECRETO N 1.844
La Rioja, 13 de noviembre de 2006
Visto: los Decretos F.E.P. N 004 y 785 de fechas 02
de enero y 16 de mayo de 2006, respectivamente; y, Considerando:
Que a través del decreto citado en primer término se autoriza la contratación del señor Marcos Guillermo Ponce, D.N.I. N 21.755.016 en la Secretaría de Infraestructura del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, habiéndose transferido a la Administración Provincial de Obras Públicas por Decreto F.E.P. N 785/06.
Que el titular del mencionado Contrato de Locación presenta la renuncia por razones de índole personal a partir del 01 de octubre del presente año, por lo que el Administrador Provincial de Obras Públicas solicita se dicte el correspondiente acto administrativo y, ante necesidades de índole operativas, requiere la contratación de un profesional y/o técnico que demuestre capacidad e idoneidad para cubrir la vacante efectuada.
Que la presente modificación cumple con lo dispuesto en el Art. 21 de la Ley N 7.927 de Presupuesto, vigente.
Que ha tomado intervención de competencia la Subsecretaría de Gestión Pública.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha03/04/2007

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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