Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/3/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

FUNCION EJECUTIVA
Dr. Luis Beder Herrera Vicegobernador a/c de la Función Ejecutiva
Gobierno y Derechos Humanos Dr. Nicolás Lázaro Fonzalida
Educación Sr. Carlos Abraham Luna Daas Secretaría General y Legal de la Gobernación Dr. Daniel César Herrera Desarrollo Social
Relaciones con la Comunidad Prof. Elio Délfor Nicolás Zalazar Salud Pública Promoción Institucional
MINISTERIOS
Salud Hacienda y Obras Públicas Dr. Gustavo Daniel Ing. Javier Héctor Tineo Grasselli Asesor General de Gobierno Dr. Héctor Raúl Duran Sabas SECRETARIAS
Agricultura y Recursos Naturales
Gobierno
Seguridad
Industria, Comercio y Empleo
Fiscal de Estado Dr. Gastón Mercado Luna Ganadería
Planeam. y Desarrollo Educativo
Hacienda
Ambiente
Gestión Educativa Lic. Rafael Walter Flores
Industria y Prom. Inversiones
Desarrollo Local
Trabajo
Derechos Humanos
SUBSECRETARIAS
Coordinación Administrativa
Gestión Pública
Administración Financiera
Comercio e Integración
Empleo
Desarrollo Social
Asuntos Municipales
Desar. Humano y Familia Sra. Teresita Leonor Madera
De la Mujer Sra. Juana Lucía Zamora Control Adicciones y Problemática Juvenil
Minería
Coordinación Operativa
Gestión Previsional
Transporte y Seguridad Vial
Consejo Pcial. de Coord.
de Políticas Sociales
Agencia Pcial. de Solidaridad y Deportes
Agencia Pcial. de Cultura
Agencia Pcial. de Turismo
Agencia Pcial. de la Juventud
Consejo Pcial. para Personas con Discapacidad
Consejo Pcial. de Prevención Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico
LEYES NUMEROS 226 y 261
Art. 1º- Bajo la dirección y dependencia de la Subsecretaría General de Gobierno se publicará bisemanalmente el BOLETIN OFICIAL, el que se dividirá en tres secciones, una administrativa, una judicial y otra de avisos.
Art. 3º- Se publicarán en la Sección Judicial, bajo pena de nulidad, los edictos, cédulas, citaciones, emplazamientos, avisos de remates judiciales y, en general, todo otro documento cuya publicidad sea legal o judicialmente obtenida.
A este objeto, los jueces o tribunales de la provincia tendrán obligación de designar al BOLETIN OFICIAL como periódico o diario en que deban insertarse esos documentos, sin perjuicio de hacerse también en otros solamente cuando las leyes de procedimientos exijan la publicación en más de uno.
Art. 10º- Los documentos que en él se inserten serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esa publicación.
DECRETOS NUMEROS 7.052 y 21.257
Art. 2º- El BOLETIN OFICIAL se publicará los días martes y viernes de cada semana, en cuyos números se insertarán los documentos, avisos, edictos, etc., a que se refieren los Artículos 2º y 4º de la Ley Nº 226 y Artículo 3º de la Ley Nº 261, cuyas copias se entregan en Subsecretaría de Gobierno el día anterior a su edición y antes de las once horas.
TARIFAS VIGENTES A PARTIR DEL 01/05/94, DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LA RESOLUCION S.G. Nº 231/94
PUBLICACIONES
a Edictos judiciales, sucesorios, declaratorios de herederos, citación de testigos con orden de juez, el cm b Edicto judicial referente a asignación, posesión treintañal, medición de campos, peritajes, el cm c Edictos de marcas y señas, el cm d Edictos de minas, denuncias y mensuras, el cm e Explotación y cateo, el cm f Avisos de tipo comercial a transferencias de negocios, convocatorias a asambleas, comunicados sobre actividades de firmas comerciales, Ordenanzas y Resoluciones Administrativas, el cm g Balances c/diagramación específica en recuadros o disposición de cifras, rubros, etc. Se tomará en cuenta el espacio que ocupará midiéndose su altura por columna, el cm h Llamado a licitación pública de reparticiones no pertenecientes al Estado Provincial como, asimismo, llamados a concursos para ocupar cargos o postulación a becas, el cm i Publicación de contrato de constitución de sociedades comerciales, renovación o modificación de estatutos, incrementos de capital, etc., el cm
Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos
1,50
1,50
1,50
2,00
2,00
5,40

Pesos
5,40

Pesos
25,00

Pesos
5,40

No se cobrará en el caso de publicación de avisos de citación, presentación de comisiones de incorporación, y otros de autoridades militares. Idem en caso de publicaciones referidas a Defensa Civil.
Se considerará centímetro de columna al cómputo de quince 15 palabras o fracción mayor de diez 10.

VENTAS Y SUSCRIPCIONES BOLETINES OFICIALES
Precio del día Ejemplar atrasado del mes Ejemplar atrasado hasta un año y más de un mes Ejemplar atrasado hasta más de un año y hasta diez Suscripción anual Colección encuadernada del año Colección encuadernada de más de un año
Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos
1,00
1,50
2,00
2,50
300,00
350,00
400,00

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/3/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha23/03/2007

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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