Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/11/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

BOLETIN OFICIAL

Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Caridad, A.G., S.H.
ANEXO
RECURSOS
Jur
SAF

92
30

Sub jur 0
0

992
300

Tipo
Clase
Conc
Sbcon
35
35

2
1

1
1

1
2

CED

FF

0
111
0 362
TOTAL

Incremento
Dismin
61.000.000,00
46.995,10
61.046.995,10

ADMINISTRACION PROVINCIAL
FUENTES FINANCIERAS
Nivel Institucional Concepto
Administración Central
Disminuc. de otros Activos Financieros De Caja y Bancos De Caja y Bancos A/E
Inver.
Fcieras.
Temporarias De Inver.
Fcieras.
Tempor.
Total
Organismo Descentralizado
Instituc.
de Seg. Social
Total
61.046.995,10
46.995,10

46.995,10

61.000.000,00

61.000.000,00

61.046.995,10

61.046.995,10

1
20
20
96
96

0
0 0
0 0

0
0 0
0 0

1401 111 5
2801 111 5
1401 362 2
1401 111 8
99999 111 6
Total General
Dismin
Incremento
I

FF

0
0 0
0 0

UG

0
0 3
0 0

SP

140
140
300
910
910

PA

4
4 0
0 0

P

10
10
30
91
91

OB

1
2 3
4 5

PY

GASTOS

AC

Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, S.A.F. Nº 300, solicita incorporación de Saldos de Caja y Banco al presupuesto vigente por la suma de $ 46.995,10, de fuente financiera 362- recursos afectados para la D.O.C.A.
Que según Resolución M.H. y O.P. Nº 526 del 15 de diciembre de 2004 se impuso a plazo fijo nominativo intransferible en el Nuevo Banco de La Rioja S.A. individualizado con Certificado Nº 3.794, la suma de Pesos Treinta y Seis Millones $
36.000.000,00.
Que el vencimiento de tal imposición operó el día 14 de enero del 2005, razón por la cual se halla apropiado integrar el capital invertido de $ 36.000.000,00, al presupuesto del presente ejercicio.
Que tal inversión devengó intereses por la suma de $
79.890,41.
Que es decisión de esta Función Ejecutiva adoptar el criterio de integrar los intereses devengados de tal operación al presupuesto del presente ejercicio, al cierre de cada trimestre.
Que según Resolución M.H. y O.P. Nº 59 del 15 de febrero de 2005 se efectuó dos 2 imposiciones a plazo fijo nominativo intransferible en el Nuevo Banco de La Rioja S.A.
individualizados con Certificados Nºs. 4.175 y 4.176, por las respectivas sumas de Pesos Doce Millones Quinientos Mil $
12.500.000,00.
Que el vencimiento de tales imposiciones operarán el 04
de abril de 2005 Certificado Nº 4.175, y el 02 de mayo de 2005
Certificado Nº 4.176 respectivamente, razón por la cual es apropiado integrar el capital invertido de $ 25.000.000,00, al presupuesto del presente ejercicio.
Que tales inversiones devengarán intereses conforme al siguiente detalle: la imposición individualizada por Certificado Nº 4.175 y con vencimiento el 04 de abril de 2005, por la suma de 46.849.31 y la imposición individualizada por Certificado Nº 4.176 y con vencimiento el 02 de mayo de 2005, por la suma de $
89.794,52.
Que es decisión de esta Función Ejecutiva adoptar el criterio de integrar los intereses devengados de tal operación al presupuesto del presente ejercicio al cierre de cada trimestre.
Que la Dirección General de Administración de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales requiere ampliación de créditos por las respectivas sumas de $ 100.000,00, 250.000,00 y 446.699,60, que serán destinados a la compra de zapatillas, bolsones escolares, la construcción de baños y equipamientos de elementos deportivos para el Club Juventud Independiente de la localidad de Villa Unión.
Que el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, faculta a esta Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2º y 4º de la presente ley.

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 4º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, estimándose un incremento en las Fuentes de Financiamiento, conforme Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2º.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3º.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establecido en el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

SP

Considerando:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

SAF

Visto: los Expedientes Códigos F11- Nº 00086-5- Año 2005, de la Dirección General de Administración del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas S.A.F. Nº 300, en la cual solicita incorporación de recursos al presupuesto vigente por la suma de $
46.995,10; H1-Nº 00163-7-Año 2005, H1 Nº 00133-0-Año 2005 y H1-Nº 00028-4-Año 2005 de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales requieren ampliación de créditos por las respectivas sumas de $ 100.000,00, 250.000,00 y 446.699,60; y
PG

La Rioja, 21 de febrero de 2005

Que el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, faculta a esta Función Ejecutiva a disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias, con la excepción de la Función Legislativa, con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los artículos 1º y 3º, comunicando las mismas a la Cámara en un plazo de cinco 5 días.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el Decreto de Distribución Nº 02/05, Reglamentario de la Ley Nº 7.785.
Por ello y lo establecido por los Artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785 y 123 de la Constitución Provincial,
Jur
DECRETO Nº 260

Martes 29 de noviembre de 2005

Subj
DECRETOS

Ord
Pág. 2

9
2 9
4 5

2
4 2
7 2

0 350.000,00
0 466.699,60
0 6.995,10
816699,60
0 0 61.000.000,00
61.863.694,70
816.699,6
0

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/11/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha29/11/2005

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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