Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/12/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Nº 248 p.13064

Viernes, 30 de Diciembre de 2022

La presentación de la solicitud por parte de las personas aspirantes constituye el sometimiento expreso a las bases reguladoras, que tienen consideración de ley reguladora de esta Convocatoria.
Esta convocatoria es definitiva en vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Córdoba en el plazo de dos meses, contados en ambos casos a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante, las personas interesadas podrán interponer cualesquiera otros recursos si lo estiman pertinente.
Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.
El Presidente del Instituto Provincial de Bienestar Social en Córdoba a 22 de Diciembre de 2022. Firmado electrónicamente.
Francisco Ángel Sánchez Gaitán.

El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán presentar además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e. Declaración responsable de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas seleccionadas no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
13. Recursos.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/12/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha30/12/2022

Nro. de páginas1307

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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