Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/9/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Jueves, 15 de Septiembre de 2022

1.8. Cultivos de arroz. Las Has. cultivadas de arroz estarán afectadas, además, por una tarifa complementaria del 30% del Canon que le corresponda según su emplazamiento.
1.9. Riegos de apoyo al olivar.
Las concesiones de aguas invernales para riegos de olivar, que además soliciten riego de apoyo al olivar con la dotación aprobada en su caso, abonarán un canon de regulación por ambos conceptos concesión de aguas invernales + riego de apoyo de 17,59 €/ha.

Riegos de apoyo del olivar con concesión de escorrentía
AÑO 2023

Unidad
17,59

€/ha
1.10. Facturación mínima. El importe mínimo de la facturación a pagar por los usuarios al aplicar los cánones anteriormente relacionados a las unidades beneficiadas será de 6 euros.
1.11. Daños al Dominio Público Hidráulico. En acuerdo de la Junta de Gobierno del Organismo de fecha 17/07/2014 se establece la forma de obtención de los costes unitarios del agua para los diferentes usos a los que se aplique el recurso. Dado que estos dependen de los beneficios unitarios que anualmente se aprueban en el presente documento, se tiene que a los efectos de valoración de daños al Dominio Público Hidráulico y en base al artículo 326.bis.1.c, los costes unitarios del agua son los siguientes:
USO DEL AGUA

COSTE DEL RECURSO AÑO 2023

Agropecuario
0,108 €/m
Abastecimiento e industrial consuntivo
0,324 €/m
Industrial no consuntivo
0,032 €/m
ca, C. Nuria Jiménez Gutiérrez.
CANON DE REGULACIÓN CORRESPONDIENTE AL SISTEMA DE REGULACIÓN GENERAL-CUENCA DEL GUADALQUIVIR AÑO 2023
1. Relación de cauces directamente regulados con indicación del origen y final de la regulación. Regulación directa:
Ríos directamente regulados
Origen regulación
Final regulación
Guadalquivir
Embalse Tranco de Beas
Desembocadura
Castril
Embalse del Portillo
Embalse del Negratín
Guadiana Menor
Embalse del Negratín
Guadalquivir
Guadalmena
Embalse del Guadalmena
Guadalimar
Guadalimar
Desde el Embalse de Siles
Embalse del Giribaile
Guadalimar
Embalse del Giribaile
Guadalquivir
Guadalén
Embalse del Guadalén
Guadalimar
Guarrizas
Embalse de la Fernandina
Guadalén
Jándula
Embalse del Jándula
Guadalquivir
Yeguas
Embalse del Yeguas
Guadalquivir
Guadalmellato
Embalse de San Rafael de Navallana
Guadalquivir
Guadajoz
Embalse de Vadomojón
Guadalquivir
Guadiato
Embalse de Puente Nuevo
Guadalquivir
Genil
Embalse de Iznájar
Guadalquivir
Guadalbarcar
Embalse de José Torán
Guadalquivir
Corbones
Embalse de Puebla de Cazalla
Guadalquivir
Salado de Morón
Embalse de Torre del Águila
Guadalquivir
Los usuarios de aprovechamientos afectados por los cauces anteriormente citados, les será de aplicación los importes siguientes:
-Regulación Directa.
AÑO 2023
Riegos
1.12. Reducción de los apartados a y c canon de regulación zonas regables Porcentajes de reducción aplicable a las zonas regables a partir de la dotación media resultante a final de la campaña:

Unidad
64,15

€/ha
Abastecimientos y usos industriales consuntivos
43 064,62

€/hm
Usos industriales no consuntivos
5 311,35

€/hm
Aprovechamientos hidroeléctricos
0,87

€/Mwh
2. Ríos no regulados Concesiones desde el año 1932.
Ahorro s/dotación media
Reducción canon s/apartados a y c AÑO 2023

Unidad
37,15

€/ha
Menor o igual al 10%

5%

Entre 10 20%

0%

Riegos
Entre 20 30%

15%

Abastecimientos y usos industriales 25 696,88
consuntivos
€/hm
Superior al 30%

20%
Usos industriales no consuntivos
€/hm
Liquidándose al año siguiente el total de la reducción e incrementos que corresponda, imputándose éstas únicamente sobre los apartados a y c del canon de regulación, o sea, gastos de conservación y amortización de las inversiones estatales.
La reducción correspondiente deberá ser solicitada por los interesados al Área de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha anterior al 31 de marzo de 2023. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la documentación necesaria para poder determinar el consumo de agua realizado en la Campaña de Riego 2021-2022, así como la superficie de riego de dicha campaña.
2. Canon de Regulación del Sistema Breña II Arenoso para los usuarios del Trasvase Negratín Almanzora.

Riegos Abastecimientos y usos industriales consuntivos
AÑO 2023

Unidad
63 009,24

€/hm
189 027,72

€/hm
No están sujetos al pago de la Tasa por Explotación de Obras y Servicios correspondiente al Decreto 138/1960.
Sevilla, julio de 2022.El Presidente, P.A. La Directora Técni-

2 405,61

3. Zonas regables estatales.
AÑO 2023

Unidad
Vegas Altas
64,15

€/ha
Vegas Medias
64,15

€/ha
Vegas Bajas
64,15

€/ha
Jandulilla
64,15

€/ha
Guadalmena
64,15

€/ha
Guadalén
64,15

€/ha
Z.R. del Jabalcón
64,15

€/ha
Genil-Cabra
64,15

€/ha
Guadalmellato
64,15

€/ha
Z.R. Maruanas - Charco Riañez
64,15

€/ha
Genil M.D.

64,15

€/ha
Genil M.I.

64,15

€/ha
Valle Inferior
33,04

€/ha
Bajo Guadalquivir
64,15

€/ha
Marismas de Guadalquivir
64,15

€/ha
Sector B-XII

64,15

€/ha
Salado de Morón
64,15

€/ha
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 178 p.5986

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha15/09/2022

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930