Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 10/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 55 - 10/07/2018

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Prog.16 Act.04 Inc.3 PP.9 pp.9, Otros NEP, del presupuesto vigente.
Resol. OSEP. N 176 06-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido de Baja de la Afiliación Voluntaria solicitada por el Sr. Luis Raúl Artero, DNI. Nº 17.724.856, Carnet Nº 07-39324, para su hijo Lucas Federico Artero, DNI. N 37.089.354.
Facúltase al Dpto. Afiliados, Div. Afiliaciones a acordar la baja y a retener la credencial respectiva.
Resol. OSEP. N 177 06-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar a la cobertura de implante coclear con laser, solicitado por el Sr. Horacio José Rivera, Carnet Nº 92433, afiliado discapacitado y el tratamiento se realizará en el Instituto Superior de Otorrinolaringología, por $ 23.692,00. El pago al prestador se efectuará a los 30 días posteriores de realizada la cirugía. Facúltase a la Delegación de OSEP.
Buenos Aires y Areas que correspondan a adoptar los recaudos administrativos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto.
Resol. OSEP. N 178 06-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido de afiliación voluntaria solicitado por la Sra. Celia Anita Rojas, DNI. N 5.708.813, Carnet Nº 01-46880, para su Concubino Sr. Ricardo Eusebio Lobo, DNI. N
10.010.695, con período de carencia al Régimen de la Ley 3509 y reglamentaciones vigentes. La misma tendrá vigencia por un término mínimo de 24 meses debiendo permanecer en dicha categoría en forma obligatoria durante el período citado y los beneficios se otorgarán a los 90 días de efectuado el primer pago de los aportes de la afiliación mencionada y del Fondo Especial para Trasplante FET.. Superado el período mínimo de adhesión al régimen, la afiliación será renovada automáticamente de mediar continuidad en el pago de los aportes mensuales respectivos; caso contrario deberá solicitar por escrito la baja de los servicios indicando los motivos de la misma. La titular asume el compromiso de abonar el 2,5% calculado sobre las remuneraciones totales, excepto salario familiar de los beneficiarios obligatorios directos, por cada uno de beneficiarios que incorporen voluntariamente de los aportes correspondientes a la afiliación y $ 4,00 para el F.E.T., en forma mensual y consecutiva en Div. Tesorería,
Pág. 1921

Sección Mesa de Ingresos de la OSEP., del 1º al 15 de cada mes, presentando para el pago: Resolución, último recibo de haberes del titular y credencial y/o constancia de la OSEP., generando intereses en caso de mora.
Asimismo se deja establecido que el pago del primer aporte deberá formalizarse dentro de los 60 días posteriores a la notificación del presente instrumento.
Vencido dicho plazo, se opera la caducidad del beneficio, pudiendo la parte interesada reformular el pedido de afiliación actualizando los requisitos y cumplimentando las formalidades de un nuevo trámite con el período de carencia establecido en el Art. 5º de la Ley mencionada.
La beneficiaria declara conocer y se compromete observar el presente instrumento responsabilizándose por sí y por su grupo familiar a cargo por el eventual uso indebido de los servicios, firmando para constancia y recibiendo un ejemplar del mismo.
Resol. OSEP. Nº 179 06-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido de afiliación voluntaria solicitada por la Sra. Inés Adela Olmos, DNI. N º 14.850.306, Carnet. Nº 07-104708, para hija soltera a cargo Srta. Janet Estefanía del Valle Hidalgo, DNI. Nº 38.627.865, con período de carencia al Régimen de la Ley Nº 3509 y reglamentaciones vigentes.
La misma tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses y los beneficios se otorgarán a los 90 días del primer pago de los aportes de la afiliación mencionada y del Fondo Especial para Trasplante, los cuales deberán ser mensuales y consecutivos. Superados el período mínimo de afiliación y contando con voluntad de continuar adherido en calidad de afiliado, la afiliación será renovada automáticamente con la sola continuidad en el pago de los aportes mensuales correspondientes;
caso contrario deberá solicitar en forma fehaciente a la OSEP. la baja de los servicios indicando los motivos de la misma. La titular asume el compromiso de abonar el 2,5 % calculado sobre las remuneraciones totales, excepto salario familiar de los beneficiarios obligatorios directos, por cada uno de beneficiarios que incorporen voluntariamente de los aportes correspondientes de la afiliación voluntaria y $ 4,00 para el F.E.T., en forma mensual consecutiva en Div. Tesorería, Sección Mesa de Ingresos de la OSEP., del 1º al 15 de cada mes, presentando para el pago: Resolución, último recibo de haberes del titular y credencial y/o constancia de la OSEP., sin excepción. Asimismo se deja establecido que el pago del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 10/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha10/07/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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