Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 19/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 49 - 19/06/2018

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

solicitar por escrito la baja de los servicios indicando los motivos de la misma. El titular asume el compromiso de abonar el 2,5 % calculado sobre las remuneraciones totales, excepto salario familiar de los beneficiarios obligatorios directos, por cada uno de beneficiarios que incorporen voluntariamente de los aportes correspondientes de la afiliación voluntaria y $ 4,00 para el F.E.T., deberá ser en forma mensual en Div. Tesorería, Sección Mesa de Ingresos de la OSEP., del 1º al 15 de cada mes, por adelantado, presentando para el pago:
Resolución, último recibo de haberes del titular y credencial y/o constancia de la OSEP., generando intereses en caso de mora. Asimismo se deja establecido que el pago del primer aporte deberá formalizarse dentro de los 60 días posteriores a la notificación. Vencido el plazo mencionado se opera la caducidad del beneficio, pudiendo la parte interesada reformular el pedido de afiliación, actualizando los requisitos y cumplimentando las formalidades de un nuevo trámite con el período de carencia establecido en el Art. 5º de la Ley mencionada.
El beneficiario declara conocer y se compromete observar el presente instrumento responsabilizándose por sí y por su grupo familiar a cargo por el eventual uso indebido de los servicios, firmando para constancia y recibiendo un ejemplar del mismo.
Resol. OSEP. Nº 36 02-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido de afiliación voluntaria solicitada por el Sr. Manuel Benito Marcial, DNI. N º 13.886.533, Carnet. Nº 02-48676, para su concubina Sra. Silvia Inés Chaile, DNI. Nº 20.309.423, con período de carencia, al Régimen de la Ley Nº 3509 y reglamentaciones vigentes. La misma tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses debiendo permanecer en dicha categoría en forma obligatoria en forma obligatoria durante el período citado y los beneficios se otorgarán a los 90 días de efectuado el primer pago de los aportes de la afiliación mencionada y del Fondo Especial para Trasplante FET. Superados los 24 meses establecidos como período mínimo de adhesión al régimen la afiliación será renovada automáticamente de mediar continuidad en el pago de los aportes mensuales respectivos; caso contrario deberá solicitar por escrito la baja de los servicios indicando los motivos de la misma. El titular asume el compromiso de abonar el 2,5 % calculado sobre las remuneraciones totales, excepto salario familiar de los beneficiarios
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obligatorios directos, por cada uno de beneficiarios que incorporen voluntariamente de los aportes correspondientes de la afiliación voluntaria y $ 4,00 para el F.E.T., en forma mensual y consecutiva, en Div.
Tesorería, Sección Mesa de Ingresos de la OSEP., del 1º al 15 de cada mes, presentando para el pago: Resolución, último recibo de haberes del titular y credencial y/o constancia de la OSEP., generando intereses en caso de mora. Asimismo se deja establecido que el pago del primer aporte deberá formalizarse dentro de los 60 días posteriores a la notificación del presente. Vencido el plazo mencionado se opera la caducidad del beneficio, pudiendo la parte interesada reformular el pedido de afiliación, actualizando los requisitos y cumplimentando las formalidades de un nuevo trámite con el período de carencia establecido en el Art. 5º de la Ley mencionada.
El beneficiario declara conocer y se compromete observar el presente instrumento responsabilizándose por sí y por su grupo familiar a cargo por el eventual uso indebido de los servicios, firmando para constancia y recibiendo un ejemplar del mismo.
Resol. OSEP. Nº 37 02-01-2017 Obra Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido de afiliación voluntaria solicitada por el Sr. Walter Gabriel Bellido, DNI. N º 37.089.281, Carnet. Nº 07-105079, para su concubina Sra. Fabiana Jaqueline Velazco, DNI.
Nº 39.998.042, con período de carencia, al Régimen de la Ley Nº 3509 y reglamentaciones vigentes. La misma tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses debiendo permanecer en dicha categoría en forma obligatoria durante el período citado y los beneficios se otorgarán a los 90 días del primer pago de los aportes de la afiliación mencionada y del Fondo Especial para Trasplante FET. Superados los 24 meses establecidos como período mínimo de adhesión al régimen la afiliación será renovada automáticamente de mediar el pago de los aportes mensuales respectivos; caso contrario deberá solicitar por escrito la baja de los servicios indicando los motivos de la misma. El titular asume el compromiso de abonar el 2,5 % calculado sobre las remuneraciones totales, excepto salario familiar de los beneficiarios obligatorios directos, por cada uno de beneficiarios que incorporen voluntariamente de los aportes correspondientes de la afiliación voluntaria y $ 4,00 para el F.E.T., en forma mensual y consecutiva en Div.
Tesorería, Sección Mesa de Ingresos de la OSEP., del 1º

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 19/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha19/06/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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