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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 12/5/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Núm. 38 - 12/05/2017
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º, Anexo I, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. María Cristina Sierralta, DNI. Nº 10.530.784, Beneficio ANSES:
150764349202. El Haber Testigo del Art. 21º del Decreto mencionado, se determinará en: Categ. 24, Agrup. Admin., Pta. Pte., del Instituto Pcial. de la Vivienda y el Adicional Fondo Estímulo I.P.V., se determinará con valor del punto de calificación en 0,99, con una antigedad de 31 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 9 63 19-07-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de JUN16, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º, Anexo I, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Edith Ilda Pacheco, DNI. Nº 4.871.306, Beneficio ANSES:
150767115803. El Haber Testigo del Art. 21º del Decreto mencionado, se determinará en: Categ. 18, Agrup. Admin., Pta. Pte., del Instituto Pcial. de la Vivienda y el Adicional Fondo Estímulo I.P.V., se determinará con valor del punto de calificación en 0,52, con una antigedad de 31 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 9 64 19-07-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de JUN16, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º, Anexo I, del
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Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. María Cristina Pérez, DNI. Nº 6.256.870, Beneficio ANSES:
150761895508. El Haber Testigo del Art. 21º del Decreto mencionado, se determinará en: Categ. 24, Agrup. Admin., Pta. Pte., del Instituto Pcial. de la Vivienda y el Adicional Fondo Estímulo I.P.V., se determinará con valor del punto de calificación en 0,97, con una antigedad de 36 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
RESOLUCIONES DE
S E C R E TA R I A S DE
ESTADO
PUBLICACIONES ADELANTADAS
Resol. ST. Nº 346 08-05-2017 Turismo
Fíjase el Acto de Apertura de la Licitación Pública Nº 1/17 para la adquisición de vehículos destinados a este Organismo, para el 31MAY17, a hs. 10:00
en esta Secretaría, sito en calle Gral. Roca 1ra.
Cuadra. La Comisión de Apertura estará conformada por: Director Provincial de Administración CPN. David Ariel Durán, Jefa del Dpto. Unidad Sectorial de Contrataciones, Sra.
Soledad Karina González y la de Evaluación por:
CPN. David Ariel Durán; Jefe Dpto. Tesorera, CPN.
Fernanda Montiel y Jefe del Dpto. Contable, CPN.
Natalia Lorena Bravo. La erogación se imputará a:
Prog.3 Act.1 U.Geog.4901 Fi.1 Fu.130
IPP.432 M.1 FFin.542.
Resol. SVDU. Nº 1081 09-05-2017
Vivienda y Desarrollo Urbano Llámase a Licitación Pública Nacional 01/17, Obra:
Infraestructura Pública y Equipamiento