Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 1/12/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 3556 - 01/12/2015

BOLETIN OFICAL Y JUDICIAL

150625849303. El Haber Testigo del Art. 21º, Anexo I del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Grupo C, Grado 1, Carrera Personal Sanitario, Pta. Pte., de la Dción. Area Programática Nº 9, Dción. Pcial.
de Asistencia Sanitaria, Subsec. de Asistencia en Salud Pública, Mtrio. de Salud, con una antigedad de 41 años en la Administración Pública. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 22 12-02-2015 Administración Ge neral de Asuntos P r evision ales Acuérdase, a partir de FEB15, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º, del Dcto.
Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Lilia Dora Santellán, DNI. Nº 10.305.022, Beneficio ANSES:
150634260805. El Haber Testigo del Art. 21º, Anexo I del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Categ.
17, Servicios Grales., Ordenanza, de la Escuela Nº 353 General San Martín, Mtrio. de Educación, Ciencia y Tecnología, con una antigedad de 30
años en la Administración Pública. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 23 12-02-2015 Administración Ge neral de Asuntos P r evision ales Acuérdase, a partir de ENE15, el Beneficio de Asignación Complementaria
Núm. 96

Previsional, conforme Arts. 24º y 29º inc. a, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Demetria Caliva, DNI. Nº 00.942.854, Beneficio ANSES:
155342349406. El Haber Testigo del Art. 21º, Anexo I del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Clase IX 3 años, de Obras Sanitarias Catamarca, más adicionales, Escalafón: 36 años; Permanencia en la Categoría: 60% de la diferencia con la clase inmediata superior; Calificación: 34% de la parte fija de la Clase I; Adicionales, del 2,5; 15, 07% de la suma de todos los conceptos y por reestructuración. Procédase a través de la Dción.
Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 24 12-02-2015 Administración Ge neral de Asuntos P r evision ales Acuérdase, a partir de SEP11, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º del Anexo I, Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Juana del Socorro Ríos, DNI. Nº 5.777.949, Beneficio ANSES:
150483832102. El Haber Testigo del Art. 21º, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/
11, se determinará en: Categ. 18, Agrup. Admin., Pta. Pte., de la Dción. Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Mtrio. de Gobierno y Justicia, con una antigedad de 36 años en la Administración Pública. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 1/12/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha01/12/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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