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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 16/6/2015
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Pág. 1740 - 16/06/2015
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
Resol. AGAP. Nº 5 05 03-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de SEP11, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º del Anexo I, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Elena Segovia, DNI. Nº 0.669.377, Beneficio ANSES:
15580833670. El Haber Testigo del Art. 21º del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/
11, se determinará en clase X 3 años, Pta. Pte., de Vialidad Provincial, Escalafón 22 años, Bonificación por Categoría 06% y Bonificación por Título: 14%, ambos de la asignación de cargo.
Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 5 06 03-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Apruébase la liquidación mensual del período JUN14 y SAC. 1º cuota 2014, de la Asignación Complementaria Ley 5192, por un monto total de $ 25.130.255,45.
Resol. AGAP. Nº 5 07 03-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Apruébase la liquidación mensual del período JUN14 y SAC. 1º cuota 2014, de la Asignación Complementaria Dcto. Nº 127/11, por un monto total de $ 5.737.192,72.
Resol. AGAP. Nº 5 08 03-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Revócase por razones de ilegitimidad la Resol. AGAP Nº 080/13. Difíerase la resolución del Recurso de Reconsideración incoado por la Sra. María Elena de Valle Babot, en contra de la Resol. AGAP. Nº 654/12 hasta tanto se de cumplimiento al requerimiento de informe efectuado al Mtrio. de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia.
Núm. 48
Resol. AGAP. Nº 5 09 03-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales No Hacer lugar al recurso de Revisión Administrativa interpuesto por el Sr. Juan Marino Varela, DNI. Nº 8.044.373. En el caso que el beneficiario no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos en el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 5 10 11-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Autorízase a la Dción. Pcial.
Económica Administrativa de AGAP. a realizar el Depósito a Plazo Fijo por $ 36.800.000,00, escalonado por $ 18.800.000,00 a una TNA del 23,27% en Bco. Patagonia SA.; $ 10.000.000,00 e n Bco. de Galicia y Buenos Aires SA.;
$ 8.000.000,00 en Bco. Hipotecario SA. Los Fondos a invertir según lo estipulado deberán ser trasferidos de la cuenta Nº 46601978/51, Asignación Complementaria Dcto. Nº 127/11 Banco de la Nación Argentina con destino al Banco Patagonia SA.
Cta. Cliente Nº 100598960; Bco. Hipotecario SA. Cta.
Nº 4003001442029-1
CBU
Nº 0440003540000144202915; Bco. de Galicia y Buenos Aires Suc. Nº 143, Catamarca CUIT. 30500001735.
Resol. AGAP. Nº 5 11 14-07-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de OCT13, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º del Anexo I, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Mabel Edita del Valle Delgado, DNI. Nº 3.558.869, Beneficio ANSES: 15591275930. El Haber Testigo del Art.
21º del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Cabo 1ro., con una antigedad de 23 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.