Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 1/2/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1328 - Publicado el: 01/02/2022

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Que es de público conocimiento que el lugar es unk zona puntual de conflictos, entre otros: Concesionarios de Bares, Complejo Club Remeros de Alberdi - Parrilla Carlitas, Confitería Casablanca, kioscos y algunas guarderías, que año tras año desconocen la aplicación de la Ordenanza, generando roces innecesarios subsanables con la sola, presencia de autoridad municipal o la mera aplicación del Código de Faltas.
Que se adjunta la Ordenanza 10.147 y plano de la extensión del predio otorgado para tal fin.
Que se solicita: a se autorice el cobro de ticket para todo tipo de vehículo motorizado incluyendo motos a un valor de $ 200,00.- pesos doscientos, dado que el anterior$ 100,00.- pesos cien ha quedado desfasado en el tiempo.
Que se hace saber que dicho incremento no ha podido ser gestionado en debida forma como todos los años debido al estado de pandemia por el que estamos atravesando, b el período de cobro sea limitado a los días sábados, domingos y feriados en el mes de noviembre de cada año y todos los días en el período comprendido entre el 1 o de diciembre y el 15 de marzo de cada año, en el horario de 8:30 a 19:30 horas; e se solicite a la Dirección de Señalización, la colocación de la cartelería correspondiente y d se ordene dar cumplimiento al Decreto No 34.829/10 por el cual se-establece especialmente la señalización en la intersección de avenida Puedo y Carrasco".
Es por lo expuesto que estas Comisiones elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA

Artículo 1 o.- Modifícase el artículo 1 o de la Ordenanza N 9.007 que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1 o.- La tarifa de cobranza será para todo tipo de vehículos motorizados de$ 200.- pesos doscientos, por día, por vehículo".
Art. 2o.- Modifícase el inciso a del Art. 3 de la Ordenanza No 7.810/2004, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"a La época de cobro quedará limitada a los días sábados, domingos y feriados en el mes de noviembre de cada año y todos los días en el período comprendido entre el 1 o de diciembre y el 15 de marzo de cada año; siempre en el horario de 8:30
a 19:30 horas".
Art. 3.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, proceda a dar cumplimiento al Decreto N 34.829, considerando especialmente la señalización en la intersección de avenida Puccio y Carrasco.
Art. 4.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M ..
Sala de Sesiones, 2 de Diciembre
21.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 1/2/2022

TítuloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaísArgentina

Fecha01/02/2022

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1218

Primera edición10/10/2012

Ultima edición10/07/2024

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