Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 6/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1316 - Publicado el: 06/01/2022

RESO LUC1O N N
Rosario, "Cuna de la Bandera;

011

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VISTO:
La Ley Provincial N 11.105, el Código Tributario Municipal en su Título I - Capítulo VIII y las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo mediante Ordenanza NO 6229/96;

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial establece un régimen específico para el cobro del impuesto a la Patente Única sobre Vehículos, por medio del cual se faculta a este Municipio para promover -por cuenta y cargoacción administrativa y/o ejecución por vía de apremio, respecto de los vehículos radicados en su jurisdicción, de conformidad con el Código Fiscal de la Provincia.
Que, el Código Tributario Municipal prevé la prescripción de los tributos municipales en el Título I - Capítulo VIII, al igual que el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe en su Libro I - Título IX.
Que, la Ordenanza N 6229/96, faculta a este Departamento Ejecutivo para disponer la cancelación de las deudas fiscales que se encuentren prescriptas.
Que, resulta menester instruir a las áreas subalternas a los fines de adecuar su accionar y registros a la normativa señalada.
Siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1.- Instrúyase a las áreas subalternas a los fines de que se abstengan de instar el cobro de las deudas originadas en tributos municipales así como las acreencias en concepto de Impuesto de Patente Única sobre Vehículos cuya prescripción hubiera operado al 1 de enero de 2022, conforme lo dispuesto por el Título 1- Capítulo VIII del Código Tributario Municipal y el Ubro PrimeroTítulo IX del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, según corresponda. En consecuencia, procédase a la adecuación de los registros pertinentes.

ArtíQIIO 20.- Excluyese de lo dispuesto en el artículo anterior los créditos que la Municipalidad presentara ante la Provincia de Santa Fe a los fines de la Ley NO 10.798 artículo 1 o Reglamentario NO 3469/93 y sus modificatorias.

Artículo 30,- Insertar a través de la Hacienda y Economía; y comunicar.-

Lic. DI
Secr
A. Grw:.z
Dr. PABLO JAVKI

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Municipalida de Rosario
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18 de 18

Mumcpalldad de Rosano
Decreto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 6/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaísArgentina

Fecha06/01/2022

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1224

Primera edición10/10/2012

Ultima edición30/07/2024

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