Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 01/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 189 - Martes, 1 de octubre de 2019
página 807

10.3.2. Separación a linderos públicos y privados: En suelo urbano las separaciones a linderos, tanto públicos como privados, serán los mismos de las ordenanzas de las parcelas colindantes en la zona donde estuvieran enclavadas.
En el resto de los casos será de tres como mínimo.
10.4. C
ondiciones de uso: Solo se admiten los siguientes usos: Deportivo, educativo, cultural, religioso, sanitario, recreativo y hostelero. Estos usos no pueden cambiarse y se atendrán a la sección VII, por lo que los usos concretos que en suelo urbano marca el Plan General no pueden cambiarse sin proceder a la modificación de elementos del Plan General.

CODIGO_VERIFICACION

Málaga, 13 de septiembre de 2019.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http www.juntadeandalucia.es/eboja

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 01/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Junta de Andalucía

PaísEspaña

Fecha01/10/2019

Nro. de páginas810

Nro. de ediciones5911

Primera edición11/10/1979

Ultima edición20/07/2021

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