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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 01/10/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 189 - Martes, 1 de octubre de 2019
página 807
10.3.2. Separación a linderos públicos y privados: En suelo urbano las separaciones a linderos, tanto públicos como privados, serán los mismos de las ordenanzas de las parcelas colindantes en la zona donde estuvieran enclavadas.
En el resto de los casos será de tres como mínimo.
10.4. C
ondiciones de uso: Solo se admiten los siguientes usos: Deportivo, educativo, cultural, religioso, sanitario, recreativo y hostelero. Estos usos no pueden cambiarse y se atendrán a la sección VII, por lo que los usos concretos que en suelo urbano marca el Plan General no pueden cambiarse sin proceder a la modificación de elementos del Plan General.
CODIGO_VERIFICACION
Málaga, 13 de septiembre de 2019.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http www.juntadeandalucia.es/eboja