Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 08/07/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 161

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE JULIO DE 2023

Pág. 5

cogida dentro del Plan de Acción Tutorial, como una de las medidas destinadas a la prevención y mejora de la convivencia. Igualmente, dentro del Plan de Convivencia del centro se incluirá, como una línea de trabajo preferente, la prevención y el control del absentismo escolar.
e La colaboración con los centros de servicios sociales, en el seguimiento del absentismo escolar de los menores en edad de escolarización obligatoria, integrantes de familias perceptoras de prestación económica de renta mínima de inserción.
f Aportar la cantidad recogida en el anexo I, con cargo al Programa 322B Educación Secundaria y Formación Profesional, Subconcepto 22801 Convenios con Corporaciones Locales del Presupuesto de Gastos del año 2022, en los términos que se desprenden del Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, y de acuerdo con la aplicación de los módulos económicos aprobados por Orden 3005/2022, de 7 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados entre la Comunidad de Madrid y las corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención y control del absentismo escolar del alumnado comprendido entre los 6 y 16 años de edad escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid durante el año 2023.
En el citado anexo I se detalla el cálculo de los módulos económicos de aplicación a este convenio, siendo la cantidad resultante aplicable tan solamente para el año 2023. En caso de prorrogarse conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera, la aportación económica habrá de ser determinada en las adendas correspondientes.
Cuarta Compromisos del Ayuntamiento de Soto del Real Para el cumplimiento de los objetivos previstos en el Programa Marco de Prevención y Control del Absentismo Escolar, el Ayuntamiento de Soto del Real se compromete a:
a Asignar Técnicos de sus respectivas Concejalías, para el desarrollo y funcionamiento de las Mesas Locales de Absentismo.
b Colaborar a través de los Servicios Sociales en aquellos casos en los que, tanto por las necesidades detectadas desde el programa como cuando las familias tengan abierto expediente por parte de estos Servicios Sociales, se requieran actuaciones conjuntas que se valorarán en las Comisiones de Absentismo Escolar y en las Mesas Locales de Absentismo.
c Colaborar, a través de la Policía Municipal, en la detección y comunicación del alumnado en edad de escolaridad obligatoria que se encuentra fuera del centro escolar en horario lectivo.
d Asignar profesionales pertenecientes al ámbito socioeducativo, al Programa de prevención del absentismo escolar, con cargo a la dotación presupuestaria establecida en la cláusula tercera, de acuerdo a las necesidades que en esta materia se precisen. En aquellas actividades que impliquen contacto habitual con menores, se responsabilizará del cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 57.1
de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

La aportación económica de la Comunidad de Madrid establecida en la cláusula tercera se hará efectiva en un único libramiento, previa presentación, antes del 10 de diciembre del año en curso, de los siguientes justificantes:
Certificado de la Comisión de Seguimiento en el que se concluya que la prestación de los servicios educativos es acorde con lo previsto en el convenio de colaboración.
Certificado justificativo del gasto realizado, emitido por la Intervención u órgano competente de ese Ayuntamiento, debiendo aportar facturas o justificantes de las acciones desarrolladas.

BOCM-20230708-1

Quinta Pago

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 08/07/2023

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha08/07/2023

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones4300

Primera edición12/02/2010

Ultima edición02/08/2024

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