Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/7/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6903 - 01/07/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 426

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Metrovías SA con una multa de pesos treinta y siete mil cincuenta $37.050.-, por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas, en la estación SAN JOSÉ DE FLORES escalera mecánica: de hall boletería a Rivadavia 6928 ascendente, el día 16/11/20 de la Línea A en virtud de lo dispuesto por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Leyes Nº 24.240, Nº 757, Nº 210 y Nº 4.472.
Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centrodel Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta 30 días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar su cumplimiento en el expediente en igual plazo.
Artículo 3.- Vencido el plazo establecido en el artículo anterior sin que se hubiere realizado el pago, la sumariada entrara en mora sin necesidad de interpelación alguna y comenzaran a aplicarse los intereses hasta la fecha dicho pago. Con tal objeto, se utilizará la tasa activa cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta 30
días del Banco de la Nación Argentina.
Artículo 4º.- Notifíquese a Metrovías SA.
Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias de Control, de Administración, de Usuarios y Participación Ciudadana, Legal y a la Unidad Legal y Técnica. Cumplido, archívese.
Fait - Grippo - Liaño - Michielotto - Pafundi
RESOLUCIÓN N.º 149/ERSP/24
Buenos Aires, 31 de enero de 2024
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Ley Nº 24.240 y modificatoria, la Ley Nº 757 el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/2016 y su modificatoria, el Acta de Directorio Nº 856 del 31 de enero de 2024, el Expediente EX2020-00005339-EURSPCABA, y CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. a de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el de transporte público de pasajeros;

BO-2024-6903-GCABA-DGCLE

Página 426 de 719

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/7/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha01/07/2024

Nro. de páginas720

Nro. de ediciones5620

Primera edición06/08/1996

Ultima edición03/07/2024

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