Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/6/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6898 - 24/06/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 629/SSGMO/24
Buenos Aires, 20 de marzo de 2024
VISTO: Las Leyes Nros. 451, 2.148 texto consolidado según Ley Nº 6.588, y 6.215, el Decreto N 387/GCABA/2023, y sus modificatorios, el expediente electrónico Nº EX2024-11074699-GCABA-SSGMO, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto, la empresa Gruas Queco S.A., solicita el permiso para la afectación de diversas arterias de la Ciudad, por motivos de trabajos con grúa en calzada;
Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente, y, peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar asimismo, con los seguros correspondientes, haciéndose responsable de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que mediante el Decreto N 387/GCABA/2023, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Transporte, del Ministerio de Infraestructura, se encuentra la de "Autorizar cortes de calles y avenidas, y desvío del tránsito vehicular cuando correspondiere";
Que por conducto de la Ley N 6.215, se aprobó el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante el cual se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y los dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual de Señalización Vial Transitoria será utilizada en el transcurso de ocupación o afectación total o parcial de la vía, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tienen por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía;
Que mediante la Ley N 6.484 se incorporaron a la Sección 6, Capítulo I Tránsito, del Libro II, del Anexo A, de la Ley N 451 texto consolidado por Ley N 6588, las sanciones previstas para la afectación de calzada sin autorización correspondiente y/o para aquellos casos en que no se cumpla con los extremos indicados por la autoridad de aplicación;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la empresa Gruas Queco S.A., para la afectación de diversas arterias de la Ciudad, por motivos de trabajos con grúa en calzada;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el Decreto N
387/GCABA/2023, y sus modificatorios,
Página 237

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/6/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha24/06/2024

Nro. de páginas701

Nro. de ediciones5636

Primera edición06/08/1996

Ultima edición26/07/2024

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