Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6839 - 21/03/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 614

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N 738-GCABA-DGR/24
Expediente Electrónico Nº 6.939.957/GCABA/DGR/2019
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente TRAFECO S.A. y a su responsable solidario, señor ARÍSTIDES OLIVERA, los términos de la Resolución N 738-GCABA-DGR-2024, de fecha 15 de marzo de 2.024, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1.- Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente TRAFECO S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Convenio Multilateral bajo el N 901-605673-1, CUIT N.º 3071418983-9, con domicilio fiscal sito en la calle Perú Nº 359, Piso 7º, Oficina "708", perteneciente a la Comuna Nº 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio alternativo sito en la calle El Partenón Nº 1276, Ciudad 9 de Abril, Partido de Estaban Echeverría de la Provincia de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo es "Fabricación de productos primarios de metales preciosos no ferrosos n.c.p. y sus semielaborados", por el período fiscal 2018 1 a 12 anticipos mensuales.
Artículo 2.- Determinar de oficio sobre presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, respecto al período fiscal 2018 1 a 12 anticipos mensuales, en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Establecer que por los ingresos de la contribuyente, respecto de la actividad "Fabricación de productos primarios de metales preciosos no ferrosos n.c.p.
y sus semielaborados", debe tributar a la alícuota del 2% en relación al período fiscal 2018 1 a 12º anticipos mensuales, conforme lo previsto en el artículo 49, inciso 7
de la Ley Tarifaria para el año 2018, con las modificaciones introducidas por la ley 5948.
Artículo 4.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, en el Presidente del Directorio de la firma, señor ARÍSTIDES OLIVERA, DNI 14.888.217, con domicilio especial sito en la calle Perú Nº 359, Piso 7º, Oficina "708", perteneciente a la Comuna Nº 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio denunciado ante la AFIP sito en la calle Cristóbal Colón Nº 1837, Pilar, Provincia de Buenos Aires y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de los artículos 11, inciso 3, 12 y 15, inciso 1 del Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 6710
y disposiciones concordantes con años anteriores.
Artículo 5.- Intimar al contribuyente, al Presidente del Directorio de la firma, señor ARÍSTIDES OLIVERA y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que
BO-2024-6839-GCABA-DGCLE

Página 614 de 671

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha21/03/2024

Nro. de páginas672

Nro. de ediciones5617

Primera edición06/08/1996

Ultima edición28/06/2024

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