Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6837 - 19/03/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 560

dentro del término de quince 15 días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS CUARENTA CON CINCO CENTAVOS $ 2.162.940,05.- que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 56 del Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 6710 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, debiendo acreditar su pago en esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4, inciso 12 del Código Fiscal citado y ejecución fiscal.
Artículo 6.- Intimar a la contribuyente, al Presidente del Directorio de la firma, señor ARÍSTIDES OLIVERA y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo, se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 7.- Remitir de inmediato copia digitalizada de las presentes actuaciones al Departamento Penal Tributario dependiente de la Dirección General de Legal y Técnica, a fin de que tome intervención en el caso concreto y proceda según las funciones de su competencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Disposición N 61/DGR/2017 y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.
Artículo 8º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal electrónico y en los domicilios indicados en el artículo 1 de la presente, y al responsable solidario en los domicilios indicados en los artículos 1 y 4 de la presente. Asimismo, notifíquese tanto a la contribuyente como al responsable solidario, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 41 del Código Fiscal Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 6710 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia y resérvese.
ANEXO IF-2024-11146639-GCABA-DGR
Juan I. Nigrelli Subdirector General Inicia: 19-3-2024

Vence: 21-3-2024

BO-2024-6837-GCABA-DGCLE

Página 560 de 592

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/03/2024

Nro. de páginas593

Nro. de ediciones5627

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/07/2024

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