Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6803 - 30/01/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 274

Que, por el expediente citado en el visto, la Razón Social AP GRUPO S.R.L30-71820149-3 conforme constancias adjuntas al expediente, solicita la autorización para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera del local comercial ubicado en la calle Del Barco Centenera y Abraham J. Luppi, frente al local comercial sito en Del Barco Centenera N 3301;
Que se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 11.8 del mismo;
Que tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como Alimentación en general y gastronomía, local de venta de productos alimenticios y bebidas, de acuerdo a lo previsto y exigido en el artículo 11.8.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo establece el citado Código, sólo se podrá autorizar un área gastronómica en aceras cuyo ancho sea igual o mayor a 2 metros, 50 centímetros desde la arista externa del cordón hasta la línea oficial de edificación;
Que según consta en el informe 2023-35328082-GCABA-DGCCT elaborado por la Dirección General Competencias Comunales y Talleres, adjunto a los actuados, el frente del local sobre la calles Del Barco Centenera y Abraham J. Luppi, frente al local comercial sito en Del Barco Centenera 3301 posee un ancho de la acera es de 4.00 m.
y 3.20 metros;
Que, deberá dejarse un corredor libre de por lo menos 2.00 y 1.50 metros de ancho sobre la acera de la calles Del Barco Centenera y Abraham J. Luppi, contados desde la línea oficial de edificación y hasta el área gastronómica, y de 30 centímetros desde ésta al cordón de vereda;
Que mediante la Disposición 3500-DGOEP/16 en su artículo 2, se establecen los requisitos para solicitar permisos de uso en el espacio público, entre ellos los relativos al emplazamiento de un área gastronómica ANEXO II pto. D;
Que el área gastronómica deberá extenderse dentro de los límites de la acera correspondiente al local habilitado, salvo que cuente con autorización expresa de los propietarios de los inmuebles o titulares de los comercios linderos;
Que se podrán colocar parasoles dentro del área gastronómica, los cuales deben ser removibles, debiendo tener una altura no mayor a 3 metros ni inferior a 2 metros con todo su contorno desplegado, y no pudiendo exceder en ninguna de sus partes el área permitida.;
Que se podrá colocar un elemento del estilo pizarra de información dentro del área gastronómica, cuyas dimensiones máximas serán de 60 centímetros de ancho por un 1,50 metros de alto;
Que el área gastronómica deberá estar suficientemente iluminada y se deberá mantener en perfecto estado de aseo e higiene, debiendo colocarse recipientes para la disposición diferenciada de residuos;
Que las mesas, sillas y parasoles a colocarse dentro del área gastronómica deberán armonizar entre sí y estar dispuestas de modo tal que se garantice el paso entre ellas;
Que se encuentra expresamente prohibida la colocación de mesas y sillas en el área de seguridad de las esquinas, comprendida entre las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasan por los vértices de la ochava;
Que en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores que se reserven para uso de camiones de caudales no podrá utilizarse el espacio frente a las mismas en el horario de 9:00 a 18:00 horas;
Que en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores donde existen dársenas de carga y descarga, dichos elementos no podrán colocarse en el horario de 20:00 a 11:00 horas;
Que queda prohibida la colocación de maceteros o cualquier otro tipo de elementos sobre la acera que no se encuentren permitidos en la presente disposición;
BO-2024-6803-GCABA-DGCLE

Página 274 de 435

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha30/01/2024

Nro. de páginas436

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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