Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6779 - 27/12/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 231

Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6281 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha establecido el valor de dicha unidad en PESOS VEINTIUNO CON NOVENTA CENTAVOS $ 21,90.-;
Que de las constancias obrantes en autos se observa que Adriana Yanina del Valle Figueroa administra a título oneroso el consorcio de la calle Helguera 5463 de esta Ciudad;
Que finalmente, hay que tener especial consideración que la citada no es reincidente;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a un mil ochocientas 1.800 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTE $ 39.420.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º - Sancionar a ADRIANA YANINA DEL VALLE FIGUEROA, CUIT 2730076741-4, RPA N 8650, con multa de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS VEINTE $ 39.420.- por haber incurrido en infracción al artículo 9
inciso b de la Ley 941 .
Artículo 2º - La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 196/DGDYPC/21
Buenos Aires, 20 de enero de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 02908329-MGEYA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones citadas en el Visto se iniciaron de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de PATRICIO EDUARDO
MOLINA GÓMEZ, DNI 14.309.326, contra ADRIANA GRACIELA ARMENIA, CUIT 2713265889-2, por presunta infracción al artículo 15 inciso g de la Ley 941;
Que en ese sentido, obra acta de audiencia de fecha 15/03/2019 de la cual se desprende que las partes han arribado a una amigable composición;
Que asimismo, luce la Disposición N DI-2019-8785-GCABA-DGDYPC que homologa el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las mismas;
BO-2023-6779-GCABA-DGCLE

Página 231 de 507

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha27/12/2023

Nro. de páginas508

Nro. de ediciones5642

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31