Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6760 - 01/12/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 50

Que mediante el Decreto N 463/GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad se encuentra la de "Autorizar cortes de calles y avenidas, y desvío del tránsito vehicular cuando correspondiere";
Que por conducto de la Ley N 6215 se aprobó el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante el cual se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y los dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual de Señalización Vial Transitoria será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tienen por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía;
Que mediante la Ley N 6484 se incorporaron a la Sección 6, Capítulo I Tránsito, del Libro II, del Anexo A, de la Ley N 451 texto consolidado por Ley N 6588, las sanciones previstas para la afectación de calzada sin autorización correspondiente y/o para aquellos casos en que no se cumpla con los extremos indicados por la autoridad de aplicación;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, a afectar la calle Cuenca;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el Decreto Nº 463/GCABA/19 y sus modificatorios, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
RESUELVE
Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano a efectuar el cierre total de la calle Cuenca entre Baigorria y Marcos Sastre, sin afectar bocacalles, desde las 21.00 del día jueves 12 de octubre 2023, hasta las 23.00 del día sábado 14 de octubre de 2023, para la realización de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial.
Artículo 2.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas, de vehículos de emergencias y el paso peatonal seguro. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Manual de Señalización Vial Transitoria, aprobados mediante la Ley N
6215 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro la reemplace.

BO-2023-6760-GCABA-DGCLCON

Página 50 de 759

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha01/12/2023

Nro. de páginas760

Nro. de ediciones5636

Primera edición06/08/1996

Ultima edición26/07/2024

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