Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/9/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6701 - 06/09/2023
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 133
LA SUBSECRETARIA PARA PERSONAS MAYORES
RESUELVE:
Artículo 1- Establecer la baja del agente RODRIGUEZ, TATIANA PAOLA CUIL N 2795896084-6, como Cuidador Gerontológico con carácter transitorio, a partir del día 4
de Julio del 2023.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y a la Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores, del Ministerio de Salud la que deberá practicar fehaciente notificación de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Zingoni
RESOLUCIÓN N.º 466/SSASS/23
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 1502 texto consolidado por Ley N 6017 y 269 texto consolidado por Ley N 6017, los Decretos Nros. 224/2013 y 812/05 y sus modificatorios, las Resoluciones Conjuntas Nros. 11- SECLYT/2013, RESOL-20233599-GCABA-MHFGC, la Resolución N 964/SECRH/11, la Comunicación Oficial NO2023-31002455-GCABA-DGRFISS y los Expedientes Electrónicos detallados en el anexo identificado como IF-2023-32921816-GCABA-DGRFISS y CONSIDERANDO:
Que, mediante la Comunicación Oficial del visto y los Expedientes Electrónicos detallados en el anexo, identificado como IF-2023-32921816-GCABA-DGRFISS, se tramitan las contrataciones, bajo la figura de locación de servicios correspondientes al año 2023;
Que por el Decreto Nº 224/2013, sus modificatorias y la RESOL-2023-3599-GCABAMHFGC, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y los/as funcionarios/as con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de PESOS Ochocientos treinta mil $
830.000.- mensuales por contrato;
Que el citado Decreto establece en sesenta 60 días corridos, el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo; el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante Que, en ese marco normativo, se establece que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo LOyS del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE;
Qué, asimismo, la Resolución Conjunta N 11-SECLYT/2013 aprueba el Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en la etapa de contratación de los contratos celebrados bajo el mencionado régimen en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se ha dado cumplimiento a la normativa vigente conforme la Ley N 1502 y su BO-2023-6701-GCABA-DGCLCON
Decreto Reglamentario N 812/05;
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