Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6685 - 16/08/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 414

Que, deberá retirar o regularizar de acuerdo a la normativa vigente todas las estructuras y/o elementos emplazados en el espacio público;
Que, para el emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario;
Que, por el Informe IF-2023-29961776-GCABA-DGCCT ha tomado intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres DGCCT verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa vigente, por lo que se admite el emplazamiento de un área gastronómica y elementos accesorios solicitados en ambas aceras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N 7
RESUELVE:
Artículo 1º.Otórgase desde la suscripción de la presente y por el término de cinco 5
años al Sra. Camila Lucía Arruebarrena, DNI N 40.230.258 ,el permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica, colocación de macetas, bicicleteros y cerramientos laterales sobre la acera de la calle Tte Gral. Donato Alvarez, frente al local comercial sito en Tte. Gral. Donato Alvarez 928;
Artículo 2º.- Ordénase al permisionario respetar los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica:
Dejar un corredor libre de por lo menos 1.5 metros de ancho, contados desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica en la acera de Tte. Gral. Donato Alvarez 928.
Dejar un espacio libre de 30 cm de ancho inmediatos al cordón de las aceras.
Extenderse dentro de los límites de la acera correspondientes al local habilitado.
Evitar el área de seguridad de las esquinas Artículo 3º.- Notifíquese a la Sra. Camila Lucía Arruebarrena, DNI N 40.230.258, que el presente permiso para área gastronómica solamente autoriza al emplazamiento de mesas y sillas, parasoles, pizarra menú, macetas, cerramientos laterales y bicicleteros debiendo proceder, en su caso, al inmediato retiro de todo aquel elemento emplazado en contravención a la normativa vigente.
Artículo 4º.- Hágase saber al permisionario que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 5º.- Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General Competencias Comunales y Talleres y a la Agencia de Control Gubernamental a los fines de que en el marco de su competencia disponga el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Una vez cumplido. Publíquese. Archívese. Bouzas
BO-2023-6685-GCABA-DGCLCON

Página 414 de 616

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/08/2023

Nro. de páginas617

Nro. de ediciones5638

Primera edición06/08/1996

Ultima edición30/07/2024

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