Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6685 - 16/08/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 413

Que, por el expediente citado en el visto, Sra. Camila Lucía Arruebarrena, DNI N
40.230.258, tramita una solicitud de permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica, colocación de macetas, bicicleteros y cerramientos laterales sobre la acera de la calle Tte Gral. Donato Alvarez, frente al local comercial sito en Tte. Gral. Donato Alvarez 928;
Que, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 11.8 del mismo;
Que, tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como Servicios de expendio de comida y bebidas en el establecimiento, de acuerdo a lo previsto y exigido en el artículo 11.8.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establece el citado Código, sólo se podrá autorizar un área gastronómica en aceras cuyo ancho sea igual o mayor a 2 metros, 50 centímetros desde la arista externa del cordón hasta la línea oficial de edificación;
Que, según consta en los actuados las características de la acera de Tte. Gral. Donato Alvarez admite el emplazamiento de un área gastronómica, colocación de macetas, bicicleteros y cerramientos laterales toda vez que la misma posee un ancho de 3 m. y un frente de 6 m. respectivamente;
Que, deberá dejarse un corredor libre de por lo menos 1.5 mts de ancho sobre la acera de Tte. Gral. Donato Alvarez y de 30 centímetros desde estas aceras al cordón de vereda;
Que, el área gastronómica deberá extenderse dentro de los límites de la acera correspondiente al local habilitado, salvo que cuente con autorización expresa de los propietarios de los inmuebles o titulares de los comercios linderos;
Que, se podrá colocar un elemento del estilo pizarra de información dentro del área gastronómica, cuyas dimensiones máximas serán de 60 centímetros de ancho por 1,50 metros de alto;
Que, el área gastronómica deberá estar suficientemente iluminada y se deberá mantener en perfecto estado de aseo e higiene, debiendo colocarse recipientes para la disposición diferenciada de residuos;
Que, las mesas, sillas y parasoles a colocarse dentro del área gastronómica deberán armonizar entre sí y estar dispuestas de modo tal que se garantice el paso entre ellas;
Que, se encuentra expresamente prohibida la colocación de mesas y sillas en el área de seguridad de las esquinas, comprendida entre las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasan por los vértices de la ochava;
Que, en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores que se reserven para uso de camiones de caudales no podrá utilizarse el espacio frente a las mismas en el horario de 9:00 a 18:00 horas;
Que, en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores donde existen dársenas de carga y descarga, dichos elementos no podrán colocarse en el horario de 20:00 a 11:00 horas;
Que, queda prohibida la colocación de maceteros o cualquier otro tipo de elementos sobre la acera que no se encuentren permitidos en la presente resolución;
Que, queda expresamente prohibida la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso, en relación a los establecimientos contemplados en la Resolución Nº 816-MAYEPGC/19;
Que, estará a cargo del solicitante la integridad física del público asistente y peatones, como así también los daños que pudiesen afectar a terceros, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente;
Que, el solicitante deberá exhibir la presente resolución toda vez que sea requerida;
Que, el autorizado deberá solicitar la renovación del presente permiso dentro de los treinta 30 días previos al vencimiento del mismo;
BO-2023-6685-GCABA-DGCLCON

Página 413 de 616

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/8/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/08/2023

Nro. de páginas617

Nro. de ediciones5638

Primera edición06/08/1996

Ultima edición30/07/2024

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