Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6664 - 19/07/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 393

Que, el autorizado deberá solicitar la renovación del presente permiso con una antelación de treinta 30 días previos al vencimiento del mismo bajo apercibimiento de disponer la baja del presente;
Que, deberá retirar o regularizar de acuerdo a la normativa vigente todas las estructuras y/o elementos emplazados en el Espacio Público;
Que, para emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto que realice el permisionario de la normativa respectiva;
Que, habiéndose verificado la documentación obrante en las presentes actuaciones se constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa del Visto;
Que, los miembros de esta Junta Comunal han tomado la intervención que les compete.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas, LA PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 13
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otórgase desde la suscripción de la presente y por el término de cinco 5
años al señor Chen Siun Chu, CUIT N 20-16558867-4, el permiso de uso N
99/COMUNA13/2023, para la delimitación de un área gastronómica y macetas sobre la acera de la calle Juramento, frente al local comercial sito en Juramento 1654-1656.
Artículo 2º.- Ordénase al permisionario respetar los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica:
- Dejar un corredor libre de por lo menos 2,5 metros de ancho, contados desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica.
- Dejar un espacio libre de 30 centímetros de ancho inmediatos al cordón de la acera.
- Extenderse dentro de los límites de la acera correspondientes al local habilitado.
- Evitar el área de seguridad de las esquinas.
Artículo 3º.- Notifíquese al señor Chen Siun Chu que el presente permiso para área gastronómica solamente autoriza la instalación de macetas, mesas y sillas, parasoles y pizarra menú, debiendo proceder, en su caso, al inmediato retiro de todo aquel elemento emplazado en contravención a la normativa vigente y para la publicidad deberá cumplir con lo establecido en el Ley N 2.936 Texto consolidado por Ley N
6.588.
Artículo 4º.- Hágase saber al permisionario que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 5º.- Notifíquese al interesado y hágase saber que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá optar por interponer: a recurso administrativo de reconsideración, dentro del plazo de diez 10 días hábiles, b recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince 15 días hábiles, o c la acción judicial pertinente conforme arts. 117, 118, 121, 123 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 texto consolidado por Ley Nº 6.347.
Artículo 6.- Comuníquese a la Dirección General Competencias Comunales y Talleres, a la Dirección General Fiscalización y Control y a la Agencia Gubernamental de Control a los fines de que, en el marco de su competencia, disponga el control del correcto ejercicio del permiso otorgado.

BO-2023-6664-GCABA-DGCLCON

Página 393 de 622

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/07/2023

Nro. de páginas623

Nro. de ediciones5628

Primera edición06/08/1996

Ultima edición16/07/2024

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