Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/7/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6654 - 05/07/2023
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 243
RESOLUCIÓN N.º 193/PG/23
Buenos Aires, 30 de junio de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 269 texto consolidado por Ley Nº 6.588 y 1.218 texto consolidado por Ley Nº 6.588, el Decreto Nº 224/13, las Resoluciones Conjuntas Nros. 11-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/13, 10-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/14
y 2-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/15, las Resoluciones Nros. 454-GCABAMJGGC/20 y 3599-GCABA-MHFGC/23, los Expedientes Electrónicos Nros. 23068196GCABA-DGTALPG/23 y 23234656-GCABA-DGTALPG/23, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 1.218 texto consolidado por Ley Nº 6.588 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de esta Procuración General;
Que por Decreto Nº 224/13 se facultó a el/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/las Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinte mil $ 20.000,00.- mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias;
Que por Resolución Nº 3599-GCABA-MHFGC/23 se elevó el monto establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 224/13 a la suma de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA MIL
$ 830.000.-;
Que por el citado Decreto se facultó, a su vez, a los mencionados funcionarios a delegar la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes en los Directores Generales de su jurisdicción;
Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 11-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/13, 10-MMGCMHGC-MJGGC-SECLYT/14 y 2-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/15 y Resolución Nº 454-GCABAMJGGC/20 se aprobó el procedimiento de contratación de personas bajo el régimen de locación de servicios y de obra;
Que, en ese marco, por estos actuados se propicia la contratación bajo la figura de Locación de Servicios de la Sra. Aixa Ailin Meza CUIT Nº 23-42340474-4;
Que la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por Ley Nº 269 texto consolidado por Ley Nº 6.588;
Que la citada ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la planta permanente ni planta transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni le presta servicios en calidad de pasante o asistente técnico por convenios realizados con institución alguna, ni percibe subsidios por razones de falta de empleo y que, además, no ha celebrado contrato alguno con este Gobierno cuya vigencia se superponga con el período que esta Resolución autoriza;
Que, por todo lo expuesto y de acuerdo a las constancias obrantes en los Expedientes Electrónicos Nros.
23068196-GCABA-DGTALPG/23
y 23234656-GCABADGTALPG/23, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de las facultades asignadas,
BO-2023-6654-GCABA-DGCLCON
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